¿Quién es el segundo heredero según la base jurídica?
Base jurídica
Artículo 123 del Código Civil
Comenzada la herencia, se tramitará conforme a la herencia legal si hay testamento; , se heredará o se legará de conformidad con el testamento; si existe un acuerdo de apoyo al legado, se manejará de acuerdo con el acuerdo;
Artículo 127
La herencia se realizará por el siguiente orden:
(1) Primer orden: cónyuge, hijos, padres;
(2) Segundo orden: hermanos y hermanas, abuelos, abuelos maternos.
Una vez iniciada la herencia, heredarán los herederos de primer orden, y los herederos de segundo orden no heredarán. Si no hay heredero de primer orden, heredarán los herederos de segundo orden. .
Los hijos mencionados en este apartado incluyen hijos legítimos, hijos ilegítimos, hijos adoptados e hijastros dependientes.
Los padres mencionados en esta sección incluyen padres biológicos, padres adoptivos y padrastros con una relación de custodia.
Los hermanos y hermanas a los que se hace referencia en esta sección incluyen hermanos y hermanas de los mismos padres, medio hermanos y hermanas, hermanos y hermanas adoptados y hermanastros y hermanas con una relación de dependencia.