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Derecho de bienes - ¿Debería el Estado proteger las actividades religiosas? El Estado debe proteger las actividades religiosas normales. Base jurídica: Según la Constitución, el Estado protege las actividades religiosas normales, los grupos religiosos y los asuntos religiosos contra el dominio de fuerzas extranjeras. De acuerdo con todas las disposiciones pertinentes de la ley y la política del Partido sobre la libertad de creencia religiosa, adorar a Buda, cantar escrituras, quemar incienso, adorar, plegar oraciones, sermones, sermones, misas, bautismos, ayunos, condolencias en el lecho de muerte, servicios conmemorativos y fiestas religiosas, etc. Todas las actividades religiosas realizadas por creyentes religiosos en lugares religiosos y en el hogar son actividades religiosas normales.
¿Debería el Estado proteger las actividades religiosas? El Estado debe proteger las actividades religiosas normales. Base jurídica: Según la Constitución, el Estado protege las actividades religiosas normales, los grupos religiosos y los asuntos religiosos contra el dominio de fuerzas extranjeras. De acuerdo con todas las disposiciones pertinentes de la ley y la política del Partido sobre la libertad de creencia religiosa, adorar a Buda, cantar escrituras, quemar incienso, adorar, plegar oraciones, sermones, sermones, misas, bautismos, ayunos, condolencias en el lecho de muerte, servicios conmemorativos y fiestas religiosas, etc. Todas las actividades religiosas realizadas por creyentes religiosos en lugares religiosos y en el hogar son actividades religiosas normales.