Trabajar en una empresa durante ocho años consecutivos se considera relación laboral o relación laboral con la empresa. Las relaciones laborales se refieren a la relación jurídica entre agencias, empresas, instituciones, grupos sociales y organizaciones económicas individuales (denominadas colectivamente empleadores) y los trabajadores individuales aceptan la gestión del empleador y realizan el trabajo. del empleador Organizar el trabajo, convertirse en miembro del empleador, recibir una remuneración laboral del empleador y aceptar la protección laboral. En la vida real, es bastante común que los empleadores no firmen contratos laborales con los trabajadores. Sin embargo, siempre que ambas partes cumplan efectivamente con los derechos y obligaciones anteriores, se formará una relación laboral de facto. De hecho, en comparación con las relaciones laborales, las relaciones laborales sólo carecen de los requisitos formales de un contrato escrito, pero esto no afecta el establecimiento de relaciones laborales. Una relación laboral es una relación jurídica en la que un trabajador y un empleado brindan servicios laborales únicos o específicos al empleado sobre la base de un acuerdo verbal o escrito, y el empleado le paga una remuneración laboral de acuerdo con el acuerdo. Las principales diferencias entre relaciones laborales y relaciones laborales son las siguientes: 1. La base de ambas es diferente. La relación laboral se basa en la combinación de factores de producción entre el empleador y el trabajador; la relación laboral se genera sobre la base del consentimiento de ambas partes. Si ambas partes no tienen intención de negociar y celebrar un contrato, y no existe un acuerdo escrito o un acuerdo oral, sino de acuerdo con las disposiciones de los estatutos de la empresa, se establece una relación de derechos y obligaciones entre el empleador y el empleado que tiene la La naturaleza de la integración y la separación debe reconocerse generalmente como relaciones laborales, no como relaciones laborales. 2. Las leyes aplicables son diferentes. Las relaciones laborales están reguladas principalmente por el derecho civil, el derecho contractual y el derecho económico, y las relaciones laborales están reguladas por el derecho laboral y el derecho contractual laboral. 3. Titulaciones de distintas materias. El sujeto de la relación laboral sólo puede ser una persona u organización jurídica, es decir, el empleador, y la otra parte debe ser un trabajador individual. El sujeto de una relación laboral no puede ser una persona natural y una persona jurídica o una organización al mismo tiempo, ambas partes de una relación laboral pueden ser una persona jurídica, una organización y un ciudadano, o un ciudadano, una persona jurídica, o una organización. Los "Dictamenes del Ministerio de Trabajo sobre la Implementación de Varias Cuestiones" definen además el ámbito de aplicación en la primera parte del artículo 1: "La 'organización económica individual' en el artículo 2 de la Ley del Trabajo se refiere a los siete" de 1994. "Respuesta de la Oficina General del Ministerio de Trabajo sobre cómo identificar a los sujetos de los trabajadores temporales" (Laobanfa [1994] núm. 109) señalaba que la persona a cargo de una unidad de contratación privada es también un empleador, es decir, un particular. Puede convertirse en el principal empleador en las relaciones laborales. Sin embargo, el 24 de junio de 2002, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social claramente abolió las cartas de respuesta antes mencionadas en el "Aviso sobre la abolición de dos respuestas de la Oficina General del antiguo Ministerio de Trabajo sobre cómo confirmar trabajadores temporales" ([ 2002] núm. 108). Por lo tanto, una persona natural no puede convertirse en sujeto laboral en una relación laboral a nombre propio. El requisito mínimo es que sea un hogar industrial y comercial individual registrado en la industria y el comercio. 4. La naturaleza de los sujetos y sus relaciones son diferentes. No sólo existen relaciones de propiedad, es decir, relaciones económicas, sino también relaciones personales, es decir, afiliaciones administrativas. Además de proporcionar mano de obra, los trabajadores también deben aceptar la gestión del empleador, obedecer sus disposiciones, cumplir con sus normas y reglamentos (como la asistencia y la evaluación) y convertirse en empleados internos del empleador. Sin embargo, en la relación laboral sólo existe una relación de propiedad entre las dos partes, es decir, una relación económica, sin atributos. No hay afiliación administrativa, ni derechos ni obligaciones para gestionar y ser gestionado, para dominar y ser dominado. Los trabajadores brindan servicios laborales y los empleadores pagan una remuneración laboral. Ambos son independientes e iguales. Ésta es la diferencia más básica y obvia entre las relaciones laborales y las relaciones trabajo-capital. 5. Es diferente en nombre de quién se realiza el trabajo y de quién asume la responsabilidad. De hecho, la relación laboral es que los trabajadores trabajan en nombre del empleador y los empleados son empleados del empleador. El acto de proporcionar trabajo es un acto laboral y forma parte del comportamiento general del empleador. El empleador asume la responsabilidad legal y no tiene nada que ver con el propio empleado. La relación laboral es una parte que presta servicios laborales, realiza actividades laborales en nombre propio y asume responsabilidad legal de forma independiente. Si el empleador causa daño personal o patrimonial a un tercero por culpa propia durante la prestación de los servicios laborales, el empleador no tiene nada que ver con el daño. Artículo 43 de los Principios Generales del Derecho Civil: “Las personas jurídicas empresariales asumen la responsabilidad civil por las actividades comerciales de sus representantes legales y demás personal.
"El Tribunal Popular Supremo" sobre la ejecución