Red de Respuestas Legales - Derecho de bienes - La definición de vinculación en derecho comercialVincular significa que el vendedor exige al comprador la compra de bienes o servicios adicionales que no son necesarios. Hay dos tipos de vinculación: uno es la "venta forzosa de paquetes" y el otro es la "venta forzosa a terceros". El primero significa que el vendedor obliga al comprador a comprar un paquete de productos; el segundo significa que cuando el vendedor vende bienes o servicios, obliga al comprador a obtener bienes o servicios de un tercero específico; de lo contrario, se niega a vender.

La definición de vinculación en derecho comercialVincular significa que el vendedor exige al comprador la compra de bienes o servicios adicionales que no son necesarios. Hay dos tipos de vinculación: uno es la "venta forzosa de paquetes" y el otro es la "venta forzosa a terceros". El primero significa que el vendedor obliga al comprador a comprar un paquete de productos; el segundo significa que cuando el vendedor vende bienes o servicios, obliga al comprador a obtener bienes o servicios de un tercero específico; de lo contrario, se niega a vender.