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Definición de crimen de pandillas

El concepto relativamente amplio de delincuencia de pandillas incluye tanto la delincuencia organizada cometida por grupos delictivos como los delitos que están vagamente integrados y que aún no han alcanzado el nivel organizativo de los grupos delictivos. dos o más personas. No hay un organizador ni un líder claros, y los líderes de las pandillas surgen espontáneamente; los miembros de las pandillas no tienen una división clara del trabajo en las actividades criminales o la división del trabajo es relativamente simple y los miembros irregulares de las pandillas son relativamente estables, pero no fijos;

Comete delito la banda compuesta por dos o más personas que han alcanzado la mayoría de edad legal para asumir responsabilidad penal y tienen capacidad para cometer responsabilidad penal. Una organización criminal relativamente fija compuesta por tres o más personas que cometen delitos conjuntamente es un grupo criminal. Los cabecillas que organicen y dirijan grupos criminales serán castigados según todos los delitos cometidos por el grupo. El crimen de pandillas es una forma de delito que se refiere a dos o más personas (incluidas dos personas) que cometen uno o más delitos con la misma intención. Es un término general utilizado en los últimos años para grupos ilegales y criminales con delincuentes juveniles como cuerpo principal y una estructura correccional flexible. Se ajusta a las características básicas de un grupo delictivo y es un delito de la naturaleza de un grupo delictivo. La naturaleza de los delitos de pandillas es agravante y, en general, la ley los castiga severamente. Sin embargo, se impondrán penas más leves en función de la situación real de los delincuentes (como las bandas criminales juveniles).

1. ¿Qué es el crimen de pandillas?

(1) Dos o más personas que hayan alcanzado la edad legal de responsabilidad penal y tengan capacidad para ser penalmente responsables.

(2) Una organización criminal relativamente fija compuesta por tres o más personas que cometen delitos juntas es un grupo criminal.

¿Cuáles son las características de los grupos criminales?

(1) Dos o más personas (incluidas dos personas), y los miembros importantes son fijos o básicamente fijos.

(2) Reúnen frecuentemente a personas para cometer una o varias actividades delictivas graves.

(3) Actividades delictivas premeditadas. (4) No importa cuántas veces se cometa el delito, el daño a la sociedad o su peligro es muy grave.

(4) Hay un líder evidente. Algunos elementos dirigentes se formaron durante el proceso de piquetes, y algunos elementos dirigentes fueron los organizadores y líderes al comienzo del piquete. Los cabecillas son responsables de todos los delitos premeditados e intencionales cometidos por el grupo.

Base jurídica:

Derecho Penal

Artículo 25 * * * Se entiende por cómplices a dos o más * * * cómplices que cometen intencionalmente un delito. Si dos o más personas cometen un delito culposo, no serán castigadas como delito culposo; si tuvieran responsabilidad penal, serán castigadas según el delito que cometieron;

Artículo 26: Es cabecilla la persona que organiza y dirige un grupo delictivo para realizar actividades delictivas o desempeña un papel importante en un delito conjunto. Una organización criminal relativamente fija compuesta por tres o más personas que cometen delitos conjuntamente es un grupo criminal. Los cabecillas que organicen y dirijan grupos criminales serán castigados según todos los delitos cometidos por el grupo. Los infractores principales distintos de los especificados en el apartado 3 serán castigados según todos los delitos en los que participaron, organizaron o dirigieron.

Artículo 27 Es cómplice la persona que desempeña un papel secundario o auxiliar en un delito común. Al cómplice se le impondrá una pena más leve, reducida o exenta.

Artículo 28 La persona que sea obligada a participar en un delito recibirá una pena reducida o quedará exenta de pena en función de las circunstancias de su delito.

Artículo 29: El que instiga a otros a cometer un delito, será castigado según su participación en el delito común. Quien instiga a un menor de 18 años a cometer un delito será severamente castigado. Si la persona instigada no comete el delito de instigación, el instigador podrá recibir una pena más leve o reducida.