Red de Respuestas Legales - Derecho de bienes - Medidas de Tianjin para la gestión de cuadros chinos en empresas conjuntas chino-extranjeras

Medidas de Tianjin para la gestión de cuadros chinos en empresas conjuntas chino-extranjeras

Artículo 1 Con el fin de fortalecer la gestión de los cuadros chinos en empresas conjuntas chino-extranjeras (en lo sucesivo denominadas empresas conjuntas) y salvaguardar la autonomía laboral de las empresas conjuntas y los derechos e intereses legítimos de los cuadros chinos, de conformidad con la "Ley de la República Popular China sobre las empresas conjuntas chino-extranjeras" y el "Aviso del Consejo de Estado sobre el fomento de las "regulaciones sobre la inversión extranjera" y los reglamentos pertinentes, se formulan estas medidas. Artículo 2 Los cuadros chinos mencionados en estas Medidas se refieren a los miembros de la junta directiva, directores generales adjuntos, ingenieros jefe, economistas jefe, contadores jefe, auditores y otro personal profesional técnico y administrativo de la empresa conjunta. Artículo 3 Los miembros de la junta directiva china de la empresa conjunta serán nombrados o reemplazados por la parte china. Los miembros de la junta directiva china deben ser representantes de la propiedad de inversiones chinas, tener conocimiento de la economía y los conocimientos legales extranjeros, ser capaces de comprender las políticas, tener habilidades de gestión, tener un estilo decente, ser valientes en la iniciativa pionera y ser buenos cooperando con empresarios extranjeros. Cualquier cuadro chino que pretenda ser nombrado miembro de la junta directiva de una empresa conjunta debe ser evaluado previamente por la unidad de nombramiento y pasar por procedimientos de aprobación de acuerdo con la autoridad administrativa. Durante su mandato, su desempeño laboral y su desempeño ideológico serán evaluados periódica o irregularmente según sus competencias. La duración del mandato de la junta directiva china de la empresa conjunta se ajustará a las disposiciones del contrato. Si fuera necesario el traslado por motivos especiales, se deberá obtener la aprobación de la junta directiva. Artículo 4 El subdirector general chino, el ingeniero jefe, el economista jefe, el contador jefe, el auditor y otro personal directivo superior de una empresa conjunta son los administradores de la empresa conjunta, y su nombramiento y despido serán decididos por la junta directiva de la empresa conjunta de conformidad con la ley. El nombramiento y despido de técnicos y directivos profesionales chinos en otros puestos serán decididos por la empresa. Artículo 5 Una empresa conjunta puede contratar personal técnico y administrativo profesional chino encomendando a las autoridades competentes de la empresa y a las partes de la empresa conjunta que los recomienden, solicitando al Centro Municipal de Servicios de Intercambio de Talentos que ayude en la recomendación y las negociaciones laborales, o consultando directamente a las unidades relevantes. para el empleo. Artículo 6 La empresa conjunta, bajo la dirección de la Oficina de Personal Municipal, contratará abiertamente personal profesional, técnico y administrativo chino y seleccionará a los mejores mediante exámenes o evaluaciones. Artículo 7 Todo el personal (excluido el personal prestado) que sea contratado públicamente y recomendado para el empleo será separado de sus unidades y departamentos originales y ya no tendrá responsabilidades y obligaciones mutuas. Artículo 8 Antes de que la empresa conjunta contrate abiertamente personal técnico y administrativo profesional chino, deberá presentar el folleto de contratación y el texto estándar del contrato de trabajo a la Oficina Municipal de Personal después de haber sido revisado para cumplir con las disposiciones de las leyes y reglamentos, la empresa conjunta. La empresa deberá, con base en los dictámenes de revisión de la Oficina Municipal de Personal, presentar la solicitud a través de un periódico, radio, televisión y otros medios de comunicación u otras formas de organización de contratación abierta, y presentarla ante el departamento competente de la empresa. Artículo 9 Los cuadros fuera de los siguientes ámbitos pueden solicitar unirse a la empresa conjunta por su cuenta:

(1) Personal dedicado a trabajos confidenciales en esta ciudad;

(2) Entre empresas e instituciones en esta ciudad Personal que realiza proyectos clave de producción, construcción, investigación científica y diseño del estado y de esta ciudad;

(3) Maestros de escuelas primarias y secundarias en esta ciudad;

(4) Talentos escasos o industrias especiales en esta ciudad Talento;

(5) Empleados que dejan sus puestos sin autorización. Artículo 10 Las personas que estén ociosas en la sociedad pueden postularse por su cuenta. Para las empresas conjuntas que necesitan con urgencia personal técnico y administrativo profesional que es difícil de obtener dentro del alcance del registro oficial de hogares en esta ciudad, la Oficina de Personal Municipal puede contratarlos de otros lugares después de obtener el consentimiento del departamento de personal regional correspondiente. Artículo 11 El personal empleado por una empresa conjunta deberá pasar por los procedimientos correspondientes. Si el reclutamiento es de cuadros en servicio de otros lugares, el departamento competente de la empresa conjunta ayudará a completar los trámites pertinentes de acuerdo con la normativa vigente; si el reclutamiento es de cuadros en servicio de esta ciudad, la empresa conjunta deberá registrarse; con el departamento competente, y el departamento competente ayudará a completar los procedimientos pertinentes. Si se contratan empleados entre el personal, la empresa conjunta firmará un contrato de trabajo directamente con el individuo; Artículo 12 Para los cuadros que cumplen con las condiciones de contratación de una empresa conjunta, sus unidades deben apoyar y ayudar activamente a completar diversos procedimientos. Si mi empleador insiste en no aceptar el traslado, puedo renunciar. La renuncia deberá redactarse con tres meses de antelación. Después de la aprobación de la unidad, la Oficina de Personal Municipal manejará los procedimientos de recomendación a través de la autoridad de la empresa conjunta con el certificado de aprobación de renuncia y el certificado de aceptación de la empresa conjunta. Si su unidad no está de acuerdo con el traslado o se niega a dimitir, el servicio competente prestará los primeros auxilios. Si la asistencia fracasa, la empresa conjunta podrá solicitar un ascenso a la Oficina Municipal de Personal. Todas las partes (la empresa conjunta, la unidad del cuadro y el cuadro mismo) deben implementar los resultados del arbitraje. Artículo 13 Si una empresa mixta necesita contratar estudiantes de posgrado y egresados ​​de pregrado, colegio o secundaria técnica, deberá declarar previamente el plan a la oficina de representación de la Oficina Municipal de Personal en el Centro de Servicios a la Inversión Extranjera y presentarlo ante la autoridad competente. departamento empresarial. La empresa conjunta contratará en colegios y universidades pertinentes de conformidad con las regulaciones de acuerdo con los indicadores del plan asignados; el departamento competente de la empresa conjunta ayudará en el manejo de los procedimientos de contratación pertinentes; Artículo 14 Una empresa conjunta podrá negociar la contratación de cuadros de agencias, grupos, empresas e instituciones públicas y colectivas de la ciudad. Las dos partes acordarán un estándar de compensación económica basado en el principio de beneficio mutuo, que será pagado por el. empresa conjunta. La relación personal de los cuadros empleados se mantiene con la unidad original. Artículo 15 Los cuadros contratados por una empresa conjunta son estudiantes de posgrado y graduados de pregrado, secundaria y técnica que se asignan de forma gratuita. Ninguna unidad podrá solicitar honorarios de capacitación a la empresa conjunta ni distribución entre la empresa conjunta y otras unidades; es pagado o financiado por la unidad. Para los cuadros capacitados, se pueden acordar tarifas de capacitación adecuadas en el momento de la contratación.