Red de Respuestas Legales - Derecho de bienes - ¿Existen sanciones por infracción de apariencia? Si la infracción de apariencia es grave, será sancionado. Si se constituye el delito de falsificación de patente, se le impondrá pena privativa de libertad no mayor de tres años o reclusión penal, y también será sancionado. o únicamente ser multado. El sujeto de este delito es el sujeto general, y el aspecto subjetivo es intencional, el objeto de este delito son las actividades normales del departamento nacional de gestión de patentes y los derechos de patente de unidades e individuos; Objetivamente hablando, es un acto grave de falsificación de patentes cuando otra persona o unidad solicita una patente al departamento nacional de administración de patentes y es aprobada después de una revisión. Artículo 216 de la Ley Penal: El que falsifique patente ajena, si las circunstancias son graves, será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de tres años o prisión penal, y también o únicamente con multa. Artículo 220 Si una unidad comete los delitos previstos en los artículos 213 a 219 de esta sección, la unidad será multada, y los responsables directos y demás directamente responsables serán multados de conformidad con las penas especificadas en cada artículo de este sección.

¿Existen sanciones por infracción de apariencia? Si la infracción de apariencia es grave, será sancionado. Si se constituye el delito de falsificación de patente, se le impondrá pena privativa de libertad no mayor de tres años o reclusión penal, y también será sancionado. o únicamente ser multado. El sujeto de este delito es el sujeto general, y el aspecto subjetivo es intencional, el objeto de este delito son las actividades normales del departamento nacional de gestión de patentes y los derechos de patente de unidades e individuos; Objetivamente hablando, es un acto grave de falsificación de patentes cuando otra persona o unidad solicita una patente al departamento nacional de administración de patentes y es aprobada después de una revisión. Artículo 216 de la Ley Penal: El que falsifique patente ajena, si las circunstancias son graves, será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de tres años o prisión penal, y también o únicamente con multa. Artículo 220 Si una unidad comete los delitos previstos en los artículos 213 a 219 de esta sección, la unidad será multada, y los responsables directos y demás directamente responsables serán multados de conformidad con las penas especificadas en cada artículo de este sección.