Red de Respuestas Legales - Derecho de bienes - ¿A qué edad hay que asumir la responsabilidad legal?

¿A qué edad hay que asumir la responsabilidad legal?

Los límites de edad para asumir la responsabilidad legal son los siguientes:

1. Responsabilidad civil:

(1) Para los menores de ocho años, la responsabilidad civil será de su representante legal;

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(2) Una persona mayor de ocho años pero menor de dieciocho años asumirá la responsabilidad civil por sus actos jurídicos civiles independientes de puro beneficio o por actos jurídicos civiles proporcionales a su edad e inteligencia. . Sin embargo, los menores mayores de 16 años que dependan de sus propios ingresos laborales como principal fuente de vida asumirán todas las responsabilidades legales civiles;

(3) Los adultos que hayan cumplido 18 años deberán soportar todas las responsabilidades civiles responsabilidades legales.

2. Responsabilidad penal:

(1) Una persona que haya cumplido dieciséis años comete un delito y asumirá responsabilidad penal;

(2) Una persona que haya cumplido catorce años. Cualquier menor de 16 años que cometa homicidio intencional, lesiones intencionales, lesiones graves o la muerte, violación, robo, tráfico de drogas, incendio provocado, explosión o colocación de sustancias peligrosas, tendrá responsabilidad penal; /p>

(3) Si una persona mayor de 12 años pero menor de 14 comete el delito de homicidio intencional o lesión intencional, causando la muerte o invalidez grave por medios especialmente crueles, y las circunstancias sean graves, será procesado con la aprobación de la Fiscalía Suprema del Pueblo y será penalmente responsable. Además, a los menores de 18 años se les denomina colectivamente: edad de reducción de responsabilidad penal. Cualquiera que cometa un delito a esta edad debería recibir un castigo más leve según las circunstancias.

Base jurídica: Artículo 262-2 de la Ley Penal de la República Popular China.

El delito de organización de menores para la realización de actividades que atenten contra la gestión de la seguridad pública. Organizar a menores de edad para la realización de actividades que atenten contra la gestión de la seguridad pública como hurtos, estafas, robos, extorsiones, etc. , será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de tres años o prisión preventiva, y también será multado si las circunstancias son graves, será condenado a pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de siete; años, y también será multado.

Artículo 17

Si una persona penalmente responsable que haya cumplido 16 años comete un delito, asumirá la responsabilidad penal.

Toda persona mayor de 14 años pero menor de 16 que cometa el delito de homicidio doloso, lesión dolosa, causar lesiones graves o la muerte, violación, robo, tráfico de drogas, incendio provocado, explosión o colocación de sustancias peligrosas incurrirán en responsabilidad penal.

Si una persona mayor de 12 años pero menor de 14 comete el delito de homicidio doloso o lesiones intencionales, provocando la muerte o una discapacidad grave por medios especialmente crueles, y las circunstancias sean graves, se procederá a procesarlo. aprobado por la Fiscalía Suprema del Pueblo, debe asumir responsabilidad penal.

Si a un menor de 18 años se le considera penalmente responsable de conformidad con lo dispuesto en los tres primeros párrafos, se le impondrá una pena más leve o reducida.

A quienes no estén sujetos a sanción penal por ser menores de 16 años, se ordenará a sus padres u otros tutores que, si fuera necesario, les apliquen medidas disciplinarias, se les impartirá educación correctiva especial de conformidad con lo dispuesto en el Código Penal; la ley.