Red de Respuestas Legales - Derecho de bienes - ¿Qué definiciones, preguntas de respuesta corta y preguntas de desarrollo se pueden formular en la primera parte de derecho internacional privado?

¿Qué definiciones, preguntas de respuesta corta y preguntas de desarrollo se pueden formular en la primera parte de derecho internacional privado?

1. Glosario de términos 1. Relaciones civiles relacionadas con el exterior: El tema, el objeto y el contenido de las relaciones civiles tienen todos factores relacionados con el exterior. 2. Conflicto de leyes: También conocido como conflicto de leyes, se refiere al fenómeno de conflicto legal que se presenta cuando los requisitos legales de dos o más países pueden ser aplicables a una misma relación civil relacionada con el exterior debido a diferentes disposiciones legales de los países. involucrados en relaciones civiles relacionadas con el exterior. 3. Efecto territorial: el efecto espacial de las leyes de un país, es decir, las leyes de un país son vinculantes para las personas que viven en el país, las cosas ubicadas dentro del país y las cosas que ocurren dentro del país. 4. Efecto extraterritorial: Las leyes de un país son vinculantes para las personas con nacionalidad de ese país, ya sea que se encuentren ubicadas en ese país o en ese país, y tienen efectos jurídicos. 5. El origen del derecho internacional privado: la manifestación de las normas de derecho internacional privado. 6. Jurisprudencia interna: Las sentencias dictadas por los tribunales de un país al conocer de casos, y los principios jurídicos establecidos en las sentencias, son vinculantes para los juicios judiciales posteriores. 7. Práctica internacional: un código de conducta con contenido claro que se forma gradualmente a través de la práctica repetida en los intercambios internacionales y es bien conocido en el mundo.

8. Normas de conflicto: normas que establecen que las relaciones civiles con el exterior deben ser reguladas por la ley aplicable. 9. Normas sustantivas unificadas: normas estipuladas en tratados internacionales o establecidas en prácticas internacionales que estipulan directamente los derechos y obligaciones de ambas partes en las relaciones civiles relacionadas con el exterior. 10. La teoría de la diferenciación jurídica: La teoría de la diferenciación jurídica fue fundada por el famoso anotador italiano Bartolomeo (1314-1357). Dividió el derecho en derecho personal y derecho material. Creía que el derecho personal tiene efecto extraterritorial y que todas las personas con su propia nacionalidad, ya sea en el país o en el extranjero, tienen sus propias leyes. La ley de las cosas tiene efecto territorial, y todas las cosas ubicadas dentro del territorio, ya sean de propiedad china o extranjera, son válidas. 11. Teoría de la cortesía internacional: La teoría de la cortesía internacional fue propuesta por los juristas holandeses Volt y Huber en el siglo XVII. Esta teoría se refleja principalmente en los tres principios propuestos por Huber, a saber: 1. Las leyes de todo Estado soberano son válidas dentro de su territorio y vinculan a sus súbditos, pero no tienen efecto extraterritorial. 2. Se considerará nacional toda persona que resida permanente o temporalmente en su territorio. 3. Un país soberano debe mantener la validez de las leyes efectivamente implementadas por otro país en su propio país por cortesía, siempre y cuando no perjudique sus propios intereses nacionales. 12. Las coordenadas de la teoría de las relaciones jurídicas: En el siglo XIX, el jurista alemán Savigny propuso las coordenadas de la teoría de las relaciones jurídicas, que impulsaron el derecho internacional privado a una nueva etapa. A su juicio, toda relación jurídica está lógica y cualitativamente relacionada con un ordenamiento jurídico específico, y toda relación jurídica tiene un "sede" definido, es decir, la jurisdicción a la que debe pertenecer por naturaleza. Al elegir una ley, el tribunal debe determinar la ubicación de la relación jurídica en función de la naturaleza de la relación jurídica. La ley de la ubicación es la ley que rige la relación jurídica. La teoría de Savigny sobre la sede de las relaciones jurídicas es un hito en la historia del derecho internacional privado. 13. La teoría de los derechos adquiridos: La teoría de los derechos inmediatos fue propuesta por el jurista británico Dicey en el siglo XIX. Daisy cree que los tribunales británicos nunca hacen cumplir las sentencias de tribunales extranjeros. Si a veces se aplican leyes extranjeras, no hacen cumplir la ley extranjera en sí, sino los derechos adquiridos bajo la ley extranjera. Los tribunales británicos pueden reconocer y hacer cumplir estos derechos sólo si están convencidos de que han sido adquiridos legítimamente de conformidad con las leyes de los países civilizados. 15. Teoría del derecho local: La teoría del derecho local fue propuesta por el jurista estadounidense Cook en el siglo XX. Considera que el tribunal sólo aplica la ley local, es decir, la ley del foro, y no aplica la ley extranjera. En determinadas circunstancias, el tribunal puede considerar la aplicación del derecho extranjero, pero en este momento sólo puede incorporar el derecho extranjero al derecho interno y aplicarlo como norma de derecho interno. Los tribunales sólo hacen cumplir los derechos conforme al derecho interno y no los derechos conforme al derecho extranjero. 16. Teoría de la selección de resultados: La teoría de la selección de resultados fue propuesta por el jurista estadounidense Carvers en el siglo XX. Él cree que las leyes aplicables y los resultados de las relaciones civiles relacionadas con el extranjero deben compararse, y la ley aplicable debe determinarse basándose en la equidad y la justicia entre las partes y las consecuencias de la aplicación de normas contradictorias. 17. Teoría del interés gubernamental: La teoría del interés gubernamental fue propuesta por el jurista estadounidense Currie. Currie creía que los intereses gubernamentales de cada estado están ocultos detrás de sus leyes, y este interés se realiza mediante la aplicación de sus leyes. Si la aplicación de una ley favorece a un estado y perjudica a otros, se trata de un conflicto falso y el tribunal debe aplicar la ley que favorece a ese estado. Si el tribunal determina que ambos estados tienen un interés claro, el juez Currie del tribunal aplicable sostiene que el interés del gobierno determina la aplicación de la ley, descartando por completo la regla de conflicto. 18. Principio de conexión más estrecha: El principio de conexión más estrecha se refiere a una relación jurídica. Cuando las partes no eligen la ley aplicable o la elección no es válida, el tribunal aplicará la ley del país con la conexión más estrecha con base en este principio. . 19. Punto de conexión: factores fácticos que vinculan una relación civil específica con las leyes de un país. 20. Ámbito: Relaciones civiles reguladas por normas de conflicto. 21. Subordinación: la ley aplicable para ajustar las relaciones civiles con el exterior. 22. Normas de conflicto unilaterales: El alcance de las normas de conflicto indica directamente que las relaciones civiles relacionadas con el extranjero sólo son aplicables al derecho interno o sólo a un derecho extranjero específico. 23. Normas de conflicto bilateral: La categoría de normas de conflicto no significa que las leyes nacionales o extranjeras se apliquen a las relaciones civiles relacionadas con el exterior, sino que representa un signo objetivo o propone un principio de aplicación jurídica. Con base en este signo objetivo o principio de aplicación jurídica, combinado con los hechos de la relación civil extranjera, se determina si a la relación civil extranjera debe aplicarse el derecho interno o el derecho extranjero.

24. Normas de conflicto selectivas: la categoría de normas de conflicto estipula dos o más puntos de conexión, lo que indica que las leyes de dos o más países pueden aplicarse a las relaciones civiles relacionadas con el exterior. 25. Normas de conflicto superpuestas: Las relaciones civiles relacionadas con el extranjero deben ser aplicables o cumplir con las leyes de más de dos países al mismo tiempo. 26. Fórmula de afinidad: fija normas de conflicto bilateral comúnmente utilizadas y las convierte en un principio internacionalmente reconocido o aplicable del derecho de relaciones civiles relacionadas con el extranjero adoptado por la mayoría de los países. 27. Derecho aplicable: El derecho sustantivo específico invocado para determinar los derechos y obligaciones de las partes, guiado por las normas del conflicto. 28. Requisito previo: La resolución de cuestiones importantes en las relaciones civiles relacionadas con el exterior está condicionada a la resolución de otra cuestión. Este es un requisito previo. 29. Determinación: El proceso de definir o clasificar situaciones de hecho o componentes de hecho en relaciones civiles relacionadas con el extranjero y clasificarlos en categorías jurídicas específicas para determinar qué norma de conflicto debe aplicarse. 30. Reacción inversa: para casos civiles relacionados con el extranjero, el tribunal del país que acepta el caso debe aplicar la ley extranjera de acuerdo con sus propias reglas de conflicto, y el caso debe aplicar la ley del país que acepta el caso de acuerdo con su propio conflicto. normas. Si el órgano jurisdiccional nacional que conoce del asunto aplica su propio derecho material, esto constituye una refutación. 31. Transferencia: Para relaciones civiles relacionadas con el extranjero, los tribunales del país A aplicarán las leyes del país B de acuerdo con sus propias normas de conflicto, y los tribunales del país C aplicarán las leyes del país C de acuerdo con sus propias normas de conflicto. Si el tribunal del país A aplica el derecho sustantivo del país C basándose en la designación de la norma conflictiva del país B, constituye una transferencia. 32. Refutación indirecta: Para un caso civil relacionado con el extranjero, el tribunal del país A debe aplicar la ley del país B de acuerdo con sus propias reglas de conflicto, las reglas de conflicto del país B deben aplicar la ley del país C, y el tribunal de El país A debe aplicar el derecho sustantivo del país A de acuerdo con las reglas de conflicto del país C. El derecho aplicable del caso constituye una refutación indirecta. 33. Elusión legal: Para eludir las leyes de un país que deberían aplicarse, las partes involucradas en relaciones civiles relacionadas con el extranjero crean deliberadamente algunas condiciones y utilizan normas en conflicto para aplicar las leyes de otro país que les resultan beneficiosas, o para eludir los puntos de conexión estipulados por las leyes de varios países. No existe un ajuste legal apropiado para las relaciones civiles relacionadas con el extranjero, logrando así el propósito de eludir la ley. 34. Reconocimiento del derecho extranjero: Cuando los tribunales de un país conocen casos civiles relacionados con el extranjero, deben aplicar el derecho extranjero como ley aplicable basándose en la guía de las normas en conflicto. En este caso, cómo determinar la existencia del derecho extranjero y cómo determinar el contenido del derecho extranjero. 35. Preservación del orden público: Al conocer casos civiles relacionados con el extranjero, los tribunales nacionales deben aplicar la ley extranjera como ley aplicable de acuerdo con la guía de las normas de conflicto internas. La aplicación de la ley extranjera entra en conflicto con el orden público interno. En tales casos, la aplicación del derecho extranjero podrá excluirse por razones de mantenimiento del orden público. 36. Trato nacional: Un país da a los extranjeros un trato no menor que el de su propio país en términos de inversión, comercio, protección de la propiedad intelectual, gestión de entradas y salidas, etc. 37. Trato de nación más favorecida: Los beneficios, preferencias, privilegios o inmunidades otorgados por un país a otro en términos de comercio, inversión, navegación, aranceles o estatus jurídico civil de sus nacionales son y serán otorgados a cualquier tercer país en el futuro. 38. Nacionalidad: La calificación legal de una persona para ser nacional o ciudadano de un determinado país. 39. Residencia: Lugar donde una persona vive durante mucho tiempo. 40. Agencia relacionada con el exterior: relación de agencia con factores externos. 41. Nacionalización: Es una medida legal para que un país soberano nacionalice un cierto tipo de propiedad o un elemento de propiedad que originalmente era de propiedad privada con base en su propio sistema legal de propiedad y las necesidades de su propio desarrollo económico. 42. Incoterms: Convenios formados en el comercio internacional al determinar las responsabilidades y obligaciones de compradores y vendedores en la entrega. 43. FOB: Condición comercial en la que el vendedor es responsable de entregar la mercancía al buque designado por el comprador en el puerto de embarque, y asume todos los costos y riesgos antes de que se envíe la mercancía. 44.CIF: Término comercial desarrollado a partir de costumbres comerciales y más comúnmente utilizado en el comercio internacional. 45. CFR: 46. Carta de Crédito: A solicitud del importador, certificado escrito emitido por el banco al exportador para garantizar el pago del pago. 47. Conocimiento de embarque: El conocimiento de embarque es la prueba del contrato de transporte de mercancías por vía marítima; es el recibo de la entrega de las mercancías por parte del porteador;