¿Tengo que pagar una indemnización por daños y perjuicios si me inscribo para unirme al ejército durante mi pasantía en una empresa estatal? ¿Puedo volver a trabajar después de haber sido dado de baja del ejército?
No se requiere penalización. La nueva Ley de Contrato de Trabajo, que entró en vigor en 2008, estipula claramente que no se permiten indemnizaciones por daños y perjuicios.
Solo necesitas renunciar anticipadamente según el contrato. Si la otra parte ha liquidado daños y perjuicios, la cláusula no es válida.
En principio, deberás incorporarte al ejército en tu lugar de residencia. Si eres reserva universitaria, únete al ejército mientras estás en la escuela.
En cuanto a si puede continuar trabajando en la empresa después de retirarse del ejército, debe negociar con la empresa para obtener más detalles. No existe una ley uniforme.