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El derecho internacional en el centro del sistema global de gobernanza de los océanos

Análisis jurídico: La Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, también conocida como Convención sobre el Derecho del Mar o Tratado sobre el Derecho del Mar, es un acuerdo internacional resultante de la Tercera Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar. del Mar (UNCLOS III) celebrada de 1973 a 1982. La UNCLOS establece los derechos y responsabilidades de todos los países en el uso de los océanos del mundo y establece directrices para las empresas, el medio ambiente y la gestión de los recursos naturales marinos. La Convención se concluyó en 1982 y reemplazó a cuatro tratados de 1958. En 1994, la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar entró en vigor, un año después de que Guyana se convirtiera en el país número 60 en ratificar el tratado. En junio de 2065, 167 países y la Unión Europea se habían adherido a la Convención. No está claro en qué medida la Convención codifica el derecho internacional consuetudinario.

Base jurídica: Artículo 2 de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, el estatuto jurídico del mar territorial y su espacio aéreo, fondo marino y subsuelo.

1. La soberanía de un estado ribereño y las aguas adyacentes más allá de su territorio terrestre y aguas interiores, o en el caso de un estado archipelágico, las aguas adyacentes más allá de las aguas del archipiélago, se denominan aguas territoriales.

2. Esta soberanía se extiende al mar territorial y a su fondo y subsuelo.

3. El ejercicio de la soberanía sobre el mar territorial está restringido por la Convención y otras normas del derecho internacional.