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Medidas de contratación y gestión de trabajadores de servicios jurídicos de base

Artículo 23: Las oficinas de servicios jurídicos de base implementarán un sistema de contratación de trabajadores de servicios jurídicos de base.

Artículo 24: Las oficinas de servicios jurídicos de base firmarán contratos de trabajo con los trabajadores empleados de servicios jurídicos de base.

El contrato de trabajo debe incluir el siguiente contenido:

(a) El nombre del empleador y el nombre del solicitante;

(2) Los derechos y obligaciones de ambas partes;

(3) El período de empleo y el método de renovación del empleo al vencimiento;

(4) Las condiciones y métodos para que ambas partes terminen el empleo relación durante el período laboral;

(5) Responsabilidad por incumplimiento de contrato;

(6) Métodos de resolución de conflictos laborales.

Artículo 25 Las oficinas de servicios legales de base fortalecerán la ética profesional, la educación en disciplina profesional y la capacitación empresarial para los trabajadores de servicios legales de base, fortalecerán la inspección y supervisión de sus actividades prácticas, establecerán y mejorarán las responsabilidades laborales y diversos sistemas de gestión regulares, como como evaluación, premios y castigos, renuncia y despido.

Las oficinas de servicios jurídicos de base deben proporcionar las condiciones laborales necesarias para que los trabajadores de servicios jurídicos de base puedan ejercer, salvaguardar sus derechos legales en las actividades prácticas y el trabajo de gestión, y garantizar su remuneración laboral, seguros y beneficios sociales durante su empleo.

Artículo 26: Las oficinas de servicios jurídicos de base establecerán un sistema de evaluación anual del desempeño profesional de los trabajadores de servicios jurídicos de base y del cumplimiento de la ética profesional y las disciplinas de práctica.

Los resultados de la evaluación anual se dividen en cuatro calificaciones: excelente, competente, básicamente competente e incompetente. Los resultados de la evaluación anual deben usarse como base para las recompensas, castigos, despidos y el registro anual de licencias de práctica para los trabajadores de servicios legales de base.

Los resultados de la evaluación anual se informarán a la agencia administrativa judicial a nivel del condado donde se encuentra el registro del hogar para su registro.

Artículo 27 Las oficinas de servicios jurídicos de base premiarán a los trabajadores de servicios jurídicos de base que estén calificados como sobresalientes en las evaluaciones anuales o que tengan hechos o aportes destacados en su práctica diaria. Las recompensas deben adherirse al principio de combinar estímulo espiritual y estímulo material.

Aquellos cuyos hechos sean especialmente destacados también podrán ser denunciados ante el organismo administrativo judicial para su encomio o reconocimiento de méritos.

Artículo 28 Si los trabajadores de servicios jurídicos de base violan la ética profesional y las disciplinas prácticas, violan las normas de gestión de los órganos administrativos judiciales y los estatutos y sistemas de la empresa, o cometen otros actos ilegales, serán sancionados de acuerdo con la ley. La pena se basará en el principio de proporcionalidad a la gravedad de las circunstancias y de la pena.

La pena se divide en: amonestación, demérito, despido, libertad condicional y expulsión.

La imposición de sanciones será propuesta por el director de la oficina de servicios jurídicos de base, o por más de la mitad de los trabajadores de servicios jurídicos de base de la oficina, y será revisada y decidida por la reunión ejecutiva de la oficina, y se informa a la agencia administrativa judicial a nivel de condado del lugar de residencia para su presentación. Si se impone la pena de expulsión, la cancelación de la práctica se manejará de acuerdo con los procedimientos prescritos.

La destitución del director de una oficina de servicios jurídicos de base será decidida por la agencia administrativa judicial a nivel de condado.

Artículo 29: Las oficinas de servicios jurídicos de base permitirán la renuncia de los trabajadores de servicios jurídicos de base.

En el caso de cualquiera de las siguientes circunstancias, el solicitante de la renuncia deberá renunciar sólo después de que se eliminen los factores relevantes:

(1) La persona se hace cargo del negocio o del traspaso del trabajo. los procedimientos no se han completado;

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(2) La relación de acreedor y deuda entre la persona y la oficina de servicios legales de base aún no se ha resuelto;

(3 ) La persona ha violado disciplinas profesionales y está bajo investigación.

Artículo 30 Si un trabajador de servicios jurídicos de base tiene alguna de las siguientes circunstancias, será despedido por la oficina de servicios jurídicos de base donde trabaja:

(1) Ser calificado como Incompetente

(2) Incumplir las obligaciones estipuladas en el contrato de trabajo y aún no corregir después de repetidas capacitaciones

(3) Dejar de ejercer por tres meses consecutivos sin; razones justificables;

(4) Debido a enfermedad o lesión no relacionada con el trabajo, la persona no puede contratar servicios legales de base después de que expire el período de tratamiento médico.

Cuando los trabajadores de servicios jurídicos de base son despedidos, deben informar a la agencia administrativa judicial a nivel de condado en su lugar de residencia para que quede registrado y gestionar la cancelación de su práctica de acuerdo con los procedimientos prescritos.

Artículo 31 Si existe un conflicto entre una oficina de servicios jurídicos de base y un trabajador de servicios jurídicos de base por el ejercicio de derechos y cumplimiento de obligaciones de conformidad con el contrato de trabajo, cualquiera de las partes podrá someterlo a la agencia administrativa judicial de mediación a nivel de condado.

Si los trabajadores de los servicios jurídicos de base no están satisfechos con las sanciones y decisiones de personal tomadas por los servicios jurídicos de base y dañan o infringen sus derechos e intereses legítimos, pueden apelar o presentar una queja ante la autoridad administrativa judicial en o por encima del nivel del condado donde se encuentran. La agencia administrativo judicial que reciba la queja o acusación la aceptará, y si se comprueba que existe algún error, mala conducta o infracción, ordenará a la firma que haga las correcciones.