Según la última normativa nacional, ¿quiénes son los familiares inmediatos?
Parientes cercanos en la Ley de Enjuiciamiento Civil
Según las interpretaciones judiciales pertinentes, los parientes cercanos en la Ley de Enjuiciamiento Civil generalmente incluyen cónyuges, padres, hijos, hermanos, abuelos, nietos, y nietos. Por supuesto, a veces los seres queridos aquí darán una explicación ampliada. Entre las disposiciones según las cuales los parientes cercanos de personas físicas pueden actuar como agentes en litigios civiles, las interpretaciones judiciales pertinentes estipulan que, además de los "parientes cercanos" antes mencionados, también se incluyen los parientes consanguíneos colaterales dentro de tres generaciones y otros parientes con apoyo y relaciones de apoyo.
1. Parientes cercanos en la Ley de Procedimiento Penal
De acuerdo con las disposiciones pertinentes de la Ley de Procedimiento Penal, los parientes cercanos en la Ley de Procedimiento Penal incluyen marido y mujer, padres, hijos, hermanos y hermanas. En los procesos penales, los familiares cercanos de los sospechosos y acusados pueden disfrutar de muchos derechos, como el derecho de los sospechosos y acusados a solicitar la libertad bajo fianza en espera del juicio y el derecho a apelar contra la sentencia efectiva o el fallo del tribunal después de que éste haya dictado; esperar una sentencia o fallo sobre el demandado.
2. Parientes cercanos en la “Ley Procesal”
Según interpretaciones judiciales pertinentes, los familiares cercanos en la Ley de lo Contencioso Administrativo incluyen a los cónyuges, padres, hijos, hermanos, abuelos, nietos, Nietos y otros familiares que tengan relaciones de apoyo y apoyo. En los casos de litigio administrativo, si un ciudadano que tiene derecho a presentar una demanda fallece lamentablemente, sus familiares cercanos pueden presentar una demanda, incluidos los parientes cercanos antes mencionados.
En el Código Civil existen disposiciones claras sobre las condiciones para el matrimonio entre hombres y mujeres, que se dividen en dos categorías: condiciones necesarias y condiciones prohibidas. Las condiciones prohibidas exigen claramente que los familiares directos no puedan casarse. Pero para la mayoría de las personas, es posible que no sepan a quién incluye su familia inmediata.
Base Legal
Artículo 1048 del Código Civil: Se prohíbe el matrimonio entre consanguíneos directos o colaterales dentro de tres generaciones.