¿Cómo compensa la mujer al hombre por el aborto espontáneo?
Si no hay daño de por medio, y si tanto el hombre como la mujer que tienen relaciones sexuales son consensuales, entonces ambas partes deben soportar las consecuencias del embarazo causado por no tomar medidas anticonceptivas. En primer lugar, tanto hombres como mujeres, como adultos con plena capacidad civil, deben predecir los resultados de sus acciones civiles al expresar sus verdaderas intenciones y asumir las responsabilidades correspondientes cuando se produzcan los resultados.
Base jurídica: "La interpretación del Tribunal Supremo Popular sobre varias cuestiones relativas a la aplicación de la ley en el juicio de casos de indemnización por daños personales" Artículo 17 El deudor de la indemnización deberá compensar a la víctima por los daños personales, incluidos gastos médicos, gastos de trabajo perdido y gastos de cuidados de enfermería, gastos de transporte, gastos de alojamiento, subsidio de alimentación por hospitalización y gastos de nutrición necesarios.
Si la víctima queda discapacitada debido a una lesión, el deudor de la indemnización también deberá compensar los gastos necesarios incurridos debido al aumento de las necesidades de la vida diaria y la pérdida de ingresos causada por la pérdida de la capacidad laboral, incluida la discapacidad. compensación y dispositivos de asistencia para la discapacidad, gastos de manutención del dependiente y honorarios de rehabilitación necesarios, honorarios de enfermería y honorarios de tratamiento de seguimiento realmente incurridos para la atención de rehabilitación y el tratamiento continuo.
Si la víctima fallece, la persona obligada a compensar no sólo compensará los gastos pertinentes especificados en el párrafo 1 de este artículo en función de las condiciones de rescate y tratamiento, sino también compensará los gastos funerarios y de manutención de la víctima. dependientes, indemnización por muerte y familiares de la víctima. Gastos de transporte, gastos de alojamiento, gastos de trabajo perdido y otros gastos razonables para el manejo de gastos funerarios.