¿Cómo despiden legalmente a sus empleados las empresas estatales?
1. Cuando una empresa despida a sus empleados, la indemnización correspondiente será diferente según los motivos del despido. Instrucciones específicas: 1. Si un empleado es despedido sin motivo, la unidad deberá pagar el doble de la compensación económica. En segundo lugar, la unidad debe pagar una compensación económica cuando expire el contrato. En tercer lugar, los despidos económicos unitarios requieren el pago de una compensación económica. Cuarto, si un empleado viola gravemente la disciplina de la empresa, la unidad no necesita compensarlo. En quinto lugar, si el empleador despide al empleado durante el período de prueba porque no cumple con las condiciones laborales, el empleador no necesita pagar compensación financiera. 2. Base jurídica: Artículo 39 de la “Ley de Contrato de Trabajo” Si el empleador concurre alguna de las siguientes circunstancias, el contrato de trabajo podrá rescindirse: (1) Se demuestra que el empleador no cumple con las condiciones de empleo durante el período de prueba (; 2) El empleador viola gravemente las normas y reglamentos de la unidad; (3) Incumplimiento grave del deber o mala práctica, causando daño significativo al empleador (4) El empleado establece relaciones laborales con otros empleadores al mismo tiempo, causando un impacto grave en el; finalización de las tareas laborales de la unidad, o el empleador se niega a hacer correcciones (5) El contrato de trabajo es inválido debido a las circunstancias especificadas en el primer párrafo del artículo 26, párrafo 1 de esta Ley; (6) Está siendo investigado por responsabilidad penal; de conformidad con la ley. Artículo 41 En una de las siguientes circunstancias, si es necesario despedir a más de 20 empleados o menos de 20 empleados, pero que representen más del 10% del número total de empleados de la empresa, el empleador deberá explicar la situación a del sindicato o de todos los empleados con 30 días de antelación, y previa audiencia del sindicato o de los empleados, previos dictámenes e informes al departamento de administración del trabajo, se podrá reducir el número de empleados: (1) Reorganización de conformidad con las disposiciones del Concurso de Empresas Ley; (2) Se producen graves dificultades en la producción y operación; (3) La empresa sufre cambios de producción, importantes innovaciones tecnológicas o ajustes en los métodos comerciales, todavía es necesario despedir empleados después de cambiar el contrato laboral; otros cambios importantes en las condiciones económicas objetivas en base a las cuales se celebró el contrato de trabajo, que hacen imposible su cumplimiento. Al reducir la plantilla, se debe dar prioridad a retener al siguiente personal: (1) Aquellos que hayan firmado un contrato laboral de duración determinada con la unidad (2) Aquellos que hayan firmado un contrato laboral de duración determinada con la unidad; (3) No hay otros empleados en la familia y hay ancianos o menores necesitados de apoyo. Si un empresario reduce su plantilla de conformidad con lo dispuesto en el apartado 1 de este artículo y vuelve a contratar personal en el plazo de seis meses, notificará al personal despedido y dará prioridad al personal despedido en las mismas condiciones. Artículo 42 Si un empleado tiene alguna de las siguientes circunstancias, el empleador no podrá rescindir el contrato de trabajo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 40 y 41 de esta Ley: (1) El empleado que se dedique a operaciones expuestas a riesgos laborales no ha haber sido separados del empleador por examen de salud ocupacional previo al trabajo, o pacientes con sospecha de enfermedades ocupacionales durante el diagnóstico u observación médica (2) Padecer enfermedades ocupacionales o lesiones relacionadas con el trabajo en la unidad y haber perdido o perdido parcialmente la capacidad; para trabajar; (3) Enfermedad o lesiones no relacionadas con el trabajo Lesionadas y dentro del período médico prescrito (4) Empleadas durante el embarazo, parto y lactancia (5) Mujeres que hayan trabajado en la unidad durante quince años consecutivos; menos de cinco años de la edad legal de jubilación; (6) Las demás situaciones previstas por las leyes y reglamentos administrativos; Artículo 44 El contrato de trabajo se rescindirá en cualquiera de las siguientes circunstancias: (1) El contrato de trabajo expira; (2) El empleado comienza a disfrutar de los beneficios del seguro de pensión básico de conformidad con la ley (3) El empleado muere o es declarado; muerto por el Tribunal Popular o declarado desaparecido; (4) el empleador es declarado en quiebra de conformidad con la ley (5) la licencia comercial del empleador es revocada, se le ordena cerrar o revocarse, o el empleador decide disolverse anticipadamente; demás materias que establezcan las leyes y reglamentos administrativos vigentes. Artículo 45 Cuando expire el contrato de trabajo y concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 42 de esta Ley, el contrato de trabajo se prorrogará hasta que desaparezcan las circunstancias correspondientes. Sin embargo, la terminación del contrato de trabajo de un empleado que haya perdido total o parcialmente la capacidad para trabajar según lo estipulado en el párrafo 2 del artículo 42 de esta Ley se regirá por las normas estatales sobre seguros de accidentes de trabajo. Artículo 46 En cualquiera de las siguientes circunstancias, el empleador deberá pagar una compensación económica al empleado: (1) El empleado rescinde el contrato de trabajo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38 de esta Ley; (2) El empleador rescinde el contrato de trabajo en; de conformidad con las disposiciones de esta Ley; el empleador propone rescindir el contrato de trabajo con el empleado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 36 y se compromete a rescindir el contrato de trabajo con el empleado (3) el empleador rescinde el contrato de trabajo de conformidad con; las disposiciones del artículo 40 de esta Ley; (4) el empleador El contrato de trabajo se rescinde de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 1 del artículo 41 de esta Ley; (5) A menos que el empleador mantenga o renueve el contrato de trabajo con las condiciones pactadas; en el contrato de trabajo y el empleado no está de acuerdo con la renovación, el contrato de trabajo se rescindirá de conformidad con el artículo 41 de esta Ley. El contrato de trabajo de duración determinada se rescinde de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 1 del artículo 44; 6) El contrato de trabajo se rescinde de conformidad con lo dispuesto en los párrafos 4 y 5 del artículo 44 de esta Ley; 7) Las disposiciones de las leyes y reglamentos administrativos. Otras circunstancias; Artículo 47 La compensación económica se pagará en función del número de años que el trabajador haya trabajado en la unidad y un mes de salario por cada año completo. Si el período es superior a seis meses e inferior a un año, se computará como un año; si es inferior a seis meses, se pagará al trabajador la compensación económica de medio mes de salario. Si el salario mensual del empleado es tres veces mayor que el salario mensual promedio local de los empleados anunciado por el gobierno popular del municipio o ciudad distrital donde está ubicado el empleador, el estándar de compensación económica pagada al empleado será tres veces el salario promedio del empleado. salario mensual. El período máximo de compensación económica no podrá exceder de 12 años. El salario mensual a que se refiere este artículo se refiere al salario promedio del trabajador en los doce meses anteriores a la extinción o extinción del contrato de trabajo. Artículo 87 Si un empleador viola las disposiciones de esta Ley al rescindir o rescindir un contrato de trabajo, deberá pagar al empleado una compensación equivalente al doble del estándar de compensación económica estipulado en el artículo 47 de esta Ley.
Objetividad jurídica:
El artículo 47 de la “Ley de Contrato de Trabajo” establece que la compensación económica se basará en la norma de un mes de salario por cada año completo de servicio en la unidad. pagado a los trabajadores. Si el período es superior a seis meses e inferior a un año, se computará como un año; si es inferior a seis meses, se pagará al trabajador la compensación económica de medio mes de salario. Si el salario mensual del empleado es tres veces mayor que el salario mensual promedio local de los empleados anunciado por el gobierno popular del municipio o ciudad distrital donde está ubicado el empleador, el estándar de compensación económica pagada al empleado será tres veces el salario promedio del empleado. salario mensual. El período máximo de compensación económica no podrá exceder de 12 años. El salario mensual a que se refiere este artículo se refiere al salario promedio del trabajador en los doce meses anteriores a la extinción o extinción del contrato de trabajo. Artículo 87 Si un empleador viola las disposiciones de esta Ley al rescindir o rescindir un contrato de trabajo, deberá pagar al empleado una compensación equivalente al doble del estándar de compensación económica estipulado en el artículo 47 de esta Ley.