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Salario mínimo nacional para el trabajo a tiempo parcial

Análisis legal: Para los empleados a tiempo parcial, los salarios pagados por el empleador no serán inferiores a las disposiciones salariales de las normas de salario mínimo.

Base legal: El artículo 48 de la Ley del Trabajo establece que el Estado implementa un sistema de garantía del salario mínimo. Los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central formulan normas específicas para los salarios mínimos y las informan al Consejo de Estado para su archivo.

Los salarios pagados por los empleadores a los trabajadores no serán inferiores al salario mínimo local.

Regulaciones sobre el salario mínimo

Artículo 5 Los estándares de salario mínimo generalmente toman la forma de estándares de salario mínimo mensual y estándares de salario mínimo por hora. El salario mínimo mensual se aplica a los empleados de tiempo completo y el salario mínimo por hora se aplica a los empleados de tiempo parcial.

Artículo 12: Cuando los trabajadores proporcionen trabajo normal, los salarios pagados a los trabajadores por el empleador no serán inferiores al estándar de salario mínimo local después de deducir los siguientes elementos:

(1) Horarios de trabajo y salarios extendidos;

(2) Asignaciones por ambientes y condiciones de trabajo especiales como turno medio, turno de noche, alta temperatura, baja temperatura, subterráneo, tóxico y dañino, etc.;

( 3) Beneficios a los empleados estipulados por las leyes, reglamentos y el estado, etc.

Los empleadores que implementen formas salariales como salarios a destajo o salarios por comisión deberán, sobre la base de cuotas laborales científicas y razonables, pagar a los trabajadores salarios que no serán inferiores a los estándares de salario mínimo correspondientes.

Si un empleado no realiza su trabajo normal durante las horas de trabajo legales o las horas de trabajo especificadas en un contrato de trabajo legalmente firmado por razones propias, no se aplicarán las disposiciones de este artículo.

Artículo 13 Si un empleador viola el artículo 11 de estas Disposiciones, la dirección administrativa del trabajo y de la seguridad social le ordenará que dentro de un plazo haga las correcciones necesarias; si viola el artículo 12 de estas Disposiciones, las normas laborales y sociales; El departamento administrativo de seguridad le ordenará que haga correcciones dentro de un plazo para pagar los salarios adeudados a los trabajadores, y podrá ordenarles que paguen compensaciones a los trabajadores que van de 0 a 5 veces los salarios adeudados.