¿Cómo juzgar casos que aún no han sido promulgados después de la Novena Enmienda al Código Penal chino?
Enmienda a la Ley Penal de la República Popular China (9) (Proyecto)
1. Añadir un artículo después del Artículo 37 de la Ley Penal como Artículo 37 Primera Parte: " Porque quien se aproveche de su cargo para cometer un delito y sea condenado, o que cometa un delito por incumplimiento de determinadas obligaciones exigidas por su cargo, el tribunal popular podrá, atendiendo a las circunstancias del delito y a la necesidad de prevenir re -delincuente, prohibirle cometer un delito durante cinco años a partir de la fecha de cumplimiento de la sentencia o de la fecha de libertad condicional
“Si los delincuentes a quienes se les prohíbe ejercer ocupaciones relevantes violan. las decisiones tomadas por el Tribunal Popular de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior, serán sancionadas por los órganos de seguridad pública de conformidad con la ley, si las circunstancias son graves, serán sancionadas de conformidad con el artículo 310 de esta Ley; El artículo 3 prevé la condena y el castigo.
Si otras leyes o reglamentos administrativos les prohiben o restringen el ejercicio de las ocupaciones pertinentes, prevalecerán sus disposiciones.
2 Modificar el primer párrafo del artículo 50 de la Ley Penal para que diga: "Durante el período de ejecución suspendida de la pena de muerte, si no existe delito intencional, la pena se reducirá a cadena perpetua al cabo de dos años; si efectivamente existe un servicio meritorio importante, la pena se reducirá a 25 años. de prisión de duración determinada después de la expiración de los dos años, si el delito es intencional y las circunstancias son atroces, la sentencia será conmutada al Tribunal Popular Supremo para su aprobación. La pena de muerte se ejecutará si no se aplica la pena de muerte; ejecutado por un delito intencional, el período de suspensión de la pena de muerte se volverá a calcular y se informará al Tribunal Popular Supremo para que conste en actas."
3. Modifíquese el artículo 53 del Código Penal para que diga: "La multa se pagará de una sola vez o en cuotas dentro del plazo fijado en la sentencia. Si no se paga al final del plazo, el pago será obligatorio. Si la multa no se puede pagar en su totalidad, el tribunal popular determina que la persona sujeta a ejecución tiene bienes exigibles, el pago debe realizarse en cualquier momento
Si es realmente difícil de pagar debido a la fuerza. Casos de fuerza mayor y otras causas, el tribunal popular diferirá, reducirá o exonerará el pago según corresponda.
4. El artículo 19 del Código Penal añade un párrafo como segundo párrafo: “El que sea condenado a pena fija. -La pena de prisión o prisión preventiva por varios delitos será sancionada con pena privativa de libertad de duración determinada. Si una persona es condenada a prisión de duración determinada, vigilancia pública o detención penal o vigilancia pública por múltiples delitos, la vigilancia pública aún debe implementarse después de la ejecución de la pena de prisión de duración determinada o detención penal. ”
El segundo párrafo original es el tercer párrafo.
5. Modificar el artículo 120 de la Ley Penal para que diga: “Quien organice y dirija una organización terrorista será condenado a pena fija. pena de prisión no menor de diez años”. Los demás participantes serán condenados a penas privativas de libertad no mayores de tres años, prisión preventiva, vigilancia pública o privación de derechos políticos, pudiendo ser castigados simultáneamente con oro.
Quien cometa el delito del párrafo anterior y además cometa el delito de homicidio, explosión, secuestro, etc., será sancionado conforme a las disposiciones de la pena concurrente para varios delitos.
6. Adicionado después del artículo 120 de la Ley Penal Cuatro artículos, como artículos 122, 123, 124 y 125:
“Artículo 120 2. El que produce materiales, distribuye materiales, publica información, enseña personalmente , o promueva el terrorismo y el extremismo a través de audio, video, redes de información, etc., e incite a actividades terroristas violentas será sentenciado a pena de prisión fija de no más de cinco años, detención penal, vigilancia pública o privación de derechos políticos. también se impondrá multa, si las circunstancias son graves, a pena privativa de libertad no inferior a cinco años y también a multa o confiscación de bienes.
“Artículo 120-3. : Utilizar el extremismo para incitar y coaccionar a las masas y socavar el establecimiento de las leyes nacionales. Si las circunstancias son graves, la persona será condenada a una pena de prisión de no menos de tres años y no más de siete años y también será multada. si las circunstancias son especialmente graves, será condenado a pena privativa de libertad no inferior a tres años ni superior a siete años y, además, si las circunstancias son especialmente graves, será condenado a pena determinada; prisión no menor de tres años ni mayor de siete años y además será multado con pena de prisión no menor de siete años y multa o confiscación de bienes.
“Artículo 124: Quien posea artículos, libros o materiales audiovisuales que promuevan el terrorismo o el extremismo, si las circunstancias son graves, será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de tres años, penal. detención, o vigilancia, y será multado concurrente o única
Artículo 125. El que a sabiendas de que otra persona ha cometido actividades terroristas o delitos extremistas y se niegue a aportar las pruebas pertinentes cuando la autoridad judicial investigue lo correspondiente. situación o recopile pruebas pertinentes será sancionado con pena de prisión de duración determinada no superior a 10 años, detención penal o vigilancia pública
7 Modificar el artículo 133 de la Ley Penal para que diga: “Será sancionado con pena de prisión y también multa el que conduzca un vehículo de motor en la vía y se encuentre en alguna de las siguientes circunstancias:
“(1) Persecución y carrera en circunstancias graves; p>
“(2) Conducir un vehículo de motor en estado de ebriedad;
“(3) Conducir en una carretera Participar en operaciones de transporte de pasajeros en carreteras, transportar pasajeros en exceso del número nominal de pasajeros, o conducir a exceso de la velocidad prescrita;
“(4) Transportar productos químicos peligrosos en violación de las normas de gestión de seguridad para productos químicos peligrosos.
Toda persona que cometa los hechos del párrafo anterior y constituya al mismo tiempo otros delitos será condenada y sancionada conforme a lo dispuesto en las penas más severas
8. párrafo del artículo 151 de la Ley Penal para que diga: "Quien contrabandee armas, municiones, materiales nucleares o moneda falsa, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de siete años, además de multa o confiscación de bienes; si el las circunstancias son especialmente graves, será condenado a cadena perpetua y se le confiscarán los bienes; si las circunstancias son relativamente menores, será condenado a tres años. El infractor será condenado a una pena de prisión de duración determinada no superior a siete años; también ser multado.
”
9. Modificar el primer párrafo del artículo 164 de la Ley Penal para que diga: “Con el fin de buscar beneficios ilegítimos, entregar bienes al personal de una sociedad, empresa u otra unidad, y el monto sea relativamente grande, el infractor será condenado a una pena de prisión fija de no más de tres años o a prisión penal, y también se le impondrá una multa si la cantidad es enorme, será condenado a una pena de prisión fija de no menos de tres años; y no mayor de 10 años, y también será multado. ”
10. Modificar el artículo 170 de la Ley Penal para que diga: “Quien falsifique moneda será sancionado con pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de diez años, y también multa. Será sancionado con la pena de prisión de diez años o de cadena perpetua, y multa o decomiso de bienes, el que cometa cualquiera de las siguientes circunstancias:
“(1) El cabecilla de una falsificación; grupo monetario;
“(2) La cantidad de moneda falsificada es particularmente enorme
“(3) Existen otras circunstancias particularmente graves”.
11 Suprímase el artículo 199 de la Ley Penal.
Modificar el artículo 237 de la Ley Penal para que diga: “Quien utilice violencia, coerción u otros métodos para molestar por la fuerza a otros o insultar a mujeres será condenado a pena de prisión de no más de cinco años o prisión penal. .
“El que reúna multitud en lugar público o cometa abiertamente el delito del párrafo anterior, o concurra otras circunstancias graves, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de cinco años.
“Quienes abusen de niños serán severamente castigados de acuerdo con lo dispuesto en los dos párrafos anteriores.”
Decimotercero. Se modifica el párrafo 6 del artículo 241 del Código Penal para que diga: “Quien soborne a mujeres o niños secuestrados sin impedirles regresar a su lugar de residencia original según sus propios deseos, y no abuse de los niños sobornados ni obstaculice su rescate, podrá imponerse pena más leve, rebajarla o eximirla de la pena.”
14 Se añade un párrafo al artículo 246 de la Ley Penal como tercer párrafo: “La víctima notificará la conducta al tribunal popular. especificado en el primer párrafo a través de la red de información, pero prevé que si efectivamente hay dificultades con las pruebas, el tribunal popular podrá solicitar asistencia de los órganos de seguridad pública."
15. Se añade un párrafo al artículo 251 de la Ley Penal como el segundo párrafo: "Obligar a otros a cometer delitos mediante violencia o coacción. Cualquiera que use prendas o signos que promuevan el terrorismo o el extremismo en lugares públicos será sancionado de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior".
16. Modificar el artículo 253-1 de la Ley Penal para: "Violación de las normas nacionales. , vender o proporcionar a otros datos personales de ciudadanos obtenidos en el ejercicio de funciones o prestación de servicios, y si el Si las circunstancias son graves, será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de tres años o prisión preventiva, y será multado también o únicamente por "Robo o el que obtenga ilícitamente información personal de los ciudadanos". otros métodos, y las circunstancias sean graves, serán sancionados de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior.
“Cualquier persona que venda o proporcione ilegalmente información personal de ciudadanos a otros sin el consentimiento de los ciudadanos, si las circunstancias son graves, será condenado a pena de prisión de no más de dos años o prisión penal, y también o únicamente será multada.
Si una unidad comete los delitos previstos en los tres primeros párrafos, la unidad será multada y la persona directamente responsable y otro personal directamente responsable serán castigados de conformidad con las disposiciones de cada párrafo
17. Artículo 260 de la Ley Penal. Se reforma el tercer párrafo del artículo para quedar como: “Los delitos del primer párrafo sólo serán castigados si la persona abusada es incapaz decir, o no puede decirlo debido a coerción o intimidación. ”
18. Se añade un artículo después del artículo 260 de la "Ley Penal" como artículo 260-1: "El maltrato de menores, ancianos, pacientes, discapacitados, etc. estará sujeto a tutela O Quienes tengan funciones de enfermería, si las circunstancias son graves, serán sancionados con pena privativa de libertad no mayor de tres años o reclusión penal.
Quien cometa los hechos previstos en el párrafo anterior y constituya además otros delitos, será condenado y sancionado conforme a lo dispuesto en las penas más severas
19. Se modifica el primer párrafo del artículo 267. la Ley Penal para que diga: “Quien hurte propiedad pública o privada en cantidad relativamente grande, o robe varias veces, será sancionado con prisión de duración determinada no mayor de tres años, prisión criminal o vigilancia pública, y también o únicamente será multado si la cantidad es elevada o concurren otras circunstancias graves, será condenado a pena privativa de libertad no inferior a tres años pero no superior a diez años si la cuantía es especialmente elevada o concurren otras especialmente graves; En estas circunstancias, el infractor será condenado a pena privativa de libertad no menor de diez años o cadena perpetua, además de multa o confiscación de bienes.”
20. Se modifica el párrafo 3 del artículo 10 para que diga: “Quien falsifique, altere o compre o venda documentos de identidad de residente, pasaportes, tarjetas de seguridad social o licencias de conducir será condenado a una pena de prisión de duración determinada no superior a tres años. detención criminal, vigilancia pública o privación de derechos políticos, si las circunstancias son graves, será condenado a tres años de prisión de duración determinada no inferior a diez años ni superior a siete años."
21. Añadir un artículo después del artículo 280 de la Ley Penal como artículo 280-1: "Utilizando cédula de identidad de residente falsificada o alterada. El que utilice pasaporte, licencia de conducir u otros documentos para realizar actividades que requieran su/ su verdadera identidad sea proporcionada conforme a la normativa nacional será sancionada con prisión o vigilancia penal, y también será multada o será multada sola
Si la conducta prevista en el párrafo anterior constituye también otros delitos, Se aplicarán las siguientes penas severas para la condena y el castigo
22. Modificar el artículo 283 de la Ley Penal para que diga: “Quien produzca o venda ilegalmente equipos especiales para espionaje o equipos especiales para escuchas ilegales o fotografías será condenado. a pena fija de prisión no superior a tres años, prisión preventiva o vigilancia pública, y concurrente o únicamente multa si las circunstancias son graves, el infractor será condenado a pena privativa de libertad no inferior a tres años; más de siete años, y también será multado. ”
23. Se añade un párrafo al artículo 285 de la Ley Penal como párrafo cuarto: “Si una unidad comete los delitos previstos en los tres primeros párrafos, la unidad será multada y el responsable directamente. los responsables y las demás personas serán multadas. Los responsables directos serán sancionados de conformidad con lo dispuesto en cada párrafo. ”
24. El artículo 286 de la Ley Penal añade un párrafo como cuarto párrafo: “Si una unidad comete los delitos previstos en los tres primeros párrafos, la unidad será multada y el responsable directo será responsable y las demás personas serán multadas. Los responsables directos serán sancionados de conformidad con lo dispuesto en el apartado 1.
"
25. Se añade un artículo después del artículo 286 de la "Ley Penal" como artículo 286-1: "Los proveedores de servicios de Internet no cumplen con los requisitos de la red de información establecidos en las leyes y reglamentos administrativos. cumplir con sus obligaciones de gestión de seguridad después de haber sido notificado por el departamento regulatorio para tomar medidas correctivas será sancionado con pena privativa de libertad de no más de tres años, detención penal o vigilancia, y también será multado o multado únicamente:
“(1) Provocar la difusión de una gran cantidad de información ilegal;
“(2) Provocar la filtración de información del usuario, provocando graves consecuencias;
“(3) Provocar la pérdida de pruebas criminales, obstaculizando gravemente la investigación de los delitos por parte de los órganos judiciales conforme a derecho;
“(4) Existen otras circunstancias graves.
Si una unidad comete el delito del párrafo anterior, dicha unidad será multada, y el responsable directo y demás personal directamente responsable serán sancionados de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior
26. Se añaden dos artículos después del artículo 287 de la Ley Penal como artículo 287-1 y artículo 287-2:
“Artículo 287 Quien utilice las redes de información para cometer uno de los actos siguientes, si las circunstancias son graves, será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de tres años o prisión preventiva, y también o únicamente con multa:
“(1) Establecer y cometer fraude, enseñanza penal métodos, producción y venta de sitios web y grupos de comunicación para actividades ilegales y delictivas como artículos prohibidos, artículos controlados, etc.;
“(2) Publicación, producción y venta de drogas, armas de fuego, artículos obscenos, otros artículos prohibidos. artículos, artículos controlados u otra información ilegal y criminal;
“(3) Divulgar información con el propósito de cometer fraude y otras actividades ilegales y criminales.
“Si una unidad comete el delito del primer párrafo, que constituye también otros delitos, será condenada y sancionada conforme a las disposiciones sobre penas más severas.
“Si la unidad comete el delito previsto en el párrafo primero, la unidad será multada y el responsable y otras personas directamente responsables serán castigadas de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 1.
"Artículo 287-2 Comete un delito toda persona que, a sabiendas, proporcione soporte técnico a otros, como acceso a Internet, alojamiento de servidores, almacenamiento de redes, transmisión de comunicaciones, etc., o proporcione publicidad, pago y liquidación, etc. Si las circunstancias son graves, será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de tres años o prisión preventiva, y también será multado o será multado solo
“Si la conducta en. el párrafo anterior constituya también otros delitos, será condenado y castigado conforme a las disposiciones sobre penas más severas.
Si una unidad comete el delito del párrafo 1, la unidad será multada y la persona directamente a cargo y otro personal directamente responsable serán castigados de conformidad con las disposiciones del párrafo 1
27. Se modifica el párrafo 1 del artículo 288 de la Ley Penal para que diga: “Quien viole las normas estatales instalando o utilizando estaciones de radio sin autorización, o utilizando frecuencias de radio sin autorización, interfiriendo con ello el orden de las comunicaciones por radio, si las circunstancias sean graves, será sancionada con pena privativa de libertad no mayor de tres años, prisión preventiva o control, y será sancionada con multa o, únicamente si las circunstancias son especialmente graves, con pena fija; -pena de prisión no menor de tres años ni mayor de siete años, y también multa.”
28 Se añaden dos párrafos al artículo 290 de la Ley Penal como Incisos 3 y 4: “ Quien perturbe repetidamente el funcionamiento de los órganos del Estado y no lo corrija incluso después de haber sido sancionado, provocando graves consecuencias, será condenado a pena privativa de libertad no superior a tres años, detención penal o vigilancia.
Organización, financiación Si otros se reúnen ilegalmente muchas veces y alteran el orden social, y las circunstancias son graves, serán sancionados conforme a lo dispuesto en el párrafo anterior
29. Agréguese un párrafo al artículo 291-. 1 de la Ley Penal como párrafo segundo: "Quien fabrique falsos peligros, epidemias, informes policiales o catástrofes y los difunda en redes de información u otros medios, o los difunda en redes de información u otros medios a sabiendas e intencionalmente, perturbando gravemente las redes sociales". orden, será condenado a pena privativa de libertad no mayor de tres años, prisión preventiva o control si se causan consecuencias graves, será condenado a pena privativa de libertad no menor de tres años pero no mayor de siete años; . ”
30. Modifíquese el primer párrafo del artículo 300 de la Ley Penal para que diga: “Quien organice y utilice organizaciones de culto o utilice la superstición para socavar la aplicación de las leyes y reglamentos administrativos nacionales será sancionado con pena fija- pena de prisión no menor de tres años ni mayor de siete años y también multa si las circunstancias son especialmente graves, será sancionada con pena privativa de libertad no menor de siete años y también multa si; las circunstancias sean relativamente menores, será condenado a pena de prisión determinada no superior a tres años, detención o vigilancia penal, y también a multa.
Modificar el artículo 302 de la Ley Penal para que diga: “Quien hurte, insulte o destruya intencionalmente cadáveres, huesos o cenizas, será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de tres años, reclusión penal o vigilancia pública. " ”
32. Añadir un artículo después del artículo 304 de la Ley Penal como artículo 304-1: “Cualquier persona que organice candidatos para hacer trampa en los exámenes prescritos por el Estado será condenado a una pena de prisión de no más de un período determinado. de tres años.” O prisión penal, y será multado concurrente o únicamente si las circunstancias son graves, se le impondrá pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de siete años, y también multa; .
“Quien proporcione equipo para hacer trampa u otra ayuda a otros para cometer el delito del párrafo anterior será sancionado de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior.
“A tal efecto de hacer trampa en el examen, cualquier persona que proporcione equipo para hacer trampa u otra asistencia con el fin de hacer trampa en el examen será sancionada de conformidad con las disposiciones del párrafo anterior. Cualquier persona que venda ilegalmente preguntas o respuestas de exámenes o las proporcione a otros. será sancionado de conformidad con lo dispuesto en el apartado 1.
Quien sustituya a otra persona o permita que otra persona se someta al examen especificado en el apartado 1 en su nombre será condenado a prisión o vigilancia penal, y también o únicamente a multa.
33. En el artículo 307 de la Ley Penal se añade un artículo después del artículo como artículo 307-1: “Quien invente hechos para entablar una demanda civil con el fin de buscar intereses ilegítimos y altere gravemente el orden judicial, será condenado a pena de prisión”. Se impondrá pena privativa de libertad no mayor de tres años, prisión preventiva o vigilancia penal, y también se impondrá pena de multa única.
“El que cometa los hechos señalados en el párrafo anterior, malversa. bienes ajenos o eluda deudas legales será severamente castigado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 266 de esta Ley.
“El personal judicial que utilice sus facultades para colaborar con otros para cometer los actos descritos en los dos párrafos anteriores será severamente castigado si constituyen al mismo tiempo otros delitos, será condenado y severamente castigado; de conformidad con las disposiciones sobre penas más severas.”
34. Agregar un artículo después del artículo 308 de la Ley Penal como artículo 308-1: “El personal judicial, los defensores, los agentes litigantes u otros participantes en el litigio revelan información que no deberá divulgarse en casos que no sean conocidos en público conforme a la ley, Quienes causen difusión pública u otras consecuencias graves serán sancionados con pena privativa de libertad no mayor a tres años, prisión o vigilancia penal, y también o únicamente será multado.
“El que cometa los actos mencionados en el párrafo anterior y revele secretos de Estado será sancionado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de esta Ley, que establece la condena y la pena.
“La divulgación pública y la comunicación de la información del caso especificada en el párrafo 1, si las circunstancias son graves, serán sancionadas de conformidad con las disposiciones del párrafo 1.
Si una unidad comete el Del delito del párrafo anterior, la unidad será multada, y los responsables directos y demás responsables directos serán sancionados de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 1
35. Modificar el artículo 309 de la Ley Penal. para que diga: “En cualquiera de las siguientes circunstancias, cualquier persona que perturbe el orden del tribunal será condenada a prisión por un período determinado no mayor a tres años, prisión criminal, vigilancia o multa:
“(1) Reunir una multitud para causar problemas e irrumpir en el tribunal;
“(2) Agredir a un funcionario judicial o a un participante en un litigio;
“(3) Insultar, calumniar o amenazar a funcionarios judiciales o participantes en el litigio y negarse a ser detenido;
“(4) Alterar gravemente el orden del tribunal Otros comportamientos. ”
36. Modificar el artículo 313 de la Ley Penal para que diga: “Quien se niegue a ejecutar la sentencia u orden del tribunal popular, si las circunstancias son graves, será condenado a pena privativa de libertad de no menos de más de tres años, prisión preventiva o multa si las circunstancias son especialmente graves, serán condenados a una pena de prisión no inferior a tres años ni superior a siete años;
Si una unidad comete el delito del párrafo anterior, dicha unidad será multada, y los responsables directos y demás responsables directos serán sancionados de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior
37. Se modifican los párrafos 1 y 2 del artículo 350 de la Ley Penal para que digan: "Violar las normas nacionales, producir, comercializar y transportar ilegalmente anhídrido acético, éter, cloroformo u otras materias primas y preparados utilizados para fabricar drogas, o introducir los artículos anteriores dentro y fuera del país, si las circunstancias son graves, será sancionado con pena privativa de libertad no superior a tres años, prisión o vigilancia penal, y también multa si las circunstancias son graves; , será sancionado con pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de siete años, y además, si las circunstancias son especialmente graves, se le impondrá pena privativa de libertad no menor de siete; años y no menos de siete años y será sancionado con multa o decomiso de bienes.
Quien a sabiendas fabrique, venda o transporte los artículos señalados en el párrafo anterior, será sancionado como delito de fabricación de estupefacientes.
Se aplicará el artículo 35 de la Ley Penal. El artículo 18 se modifica para que diga: “Quien organice o obligue a otros a ejercer la prostitución será condenado a una pena de prisión no inferior a cinco años ni superior a diez años. , y también será multado si las circunstancias son graves, se le impondrá pena privativa de libertad no menor de diez años o cadena perpetua, y también se le impondrá multa o se le confiscarán sus bienes;
“Quien organice o obligue a menores a la prostitución será severamente castigado conforme a lo dispuesto en el párrafo anterior.
“Quien cometa los delitos de los dos párrafos anteriores, comete también los delitos de asesinato, lesiones, violación, secuestro, etc., serán castigados conforme a las disposiciones de pena concurrente para varios delitos.
“Quien reclute y transporte personas con el fin de organizar la prostitución o ayude a otros a organizar la prostitución será condenado a una pena de prisión de no más de cinco años y también a una multa si las circunstancias lo permiten; grave, se le impondrá pena privativa de libertad no menor de cinco años ni mayor de 10 años y además se le impondrá pena multa."
Modificar el artículo 383 de la Ley Penal. para que diga: "Quienes cometan el delito de corrupción serán sancionados conforme a las siguientes disposiciones según la gravedad del caso:
"(1) Corrupción si el monto es relativamente grande o los hubiere. En otras circunstancias graves, la persona será condenada a pena privativa de libertad no superior a tres años o a prisión penal y además se le impondrá una multa. Si no constituye delito, la unidad de la persona o la autoridad superior impondrá las sanciones.
“(2) Si el nivel de corrupción es enorme o existen otras circunstancias graves, será sentenciado a una pena de prisión de no menos de tres años pero no más de diez años, y también ser multado o confiscar sus bienes.
“(3) Corrupción Si la cantidad es particularmente grande o existen otras circunstancias particularmente graves, la persona será sentenciada a una pena de prisión de no menos de diez años. o cadena perpetua, y también será multado o se le confiscarán sus bienes si la cantidad es particularmente grande, y los intereses del país y del pueblo sufren pérdidas particularmente graves, será condenado a cadena perpetua o muerte, y también será condenado a pena de prisión perpetua o a muerte; ser multado. Confiscación de bienes.
“Quienes hayan cometido múltiples malversaciones y no se hayan ocupado de ellas serán castigados de acuerdo con el monto acumulado de malversación.
“Quien cometa el delito del párrafo 1 deberá confesar verazmente su delito antes de presentar un proceso público, arrepentirse sinceramente y devolver activamente el dinero robado, para evitar o reducir la ocurrencia de daños, podrá recibir una pena más leve, mitigada o exenta de pena en las circunstancias especificadas en el punto (1). ; en las circunstancias especificadas en los puntos (2) y (3), se le podrá imponer una pena más leve. ”
40. Añadir un artículo después del artículo 388-1 de la Ley Penal como artículo 388-2: “Con el fin de buscar beneficios indebidos, a los parientes próximos de los funcionarios del Estado u otras personas estrechamente relacionadas, que hayan dimitido los funcionarios del Estado o sus parientes cercanos u otras personas estrechamente relacionadas que ofrezcan sobornos serán condenados a penas de prisión de no más de dos años o a prisión penal y también serán multados si las circunstancias son graves o los intereses nacionales se verán gravemente afectados; pérdidas, La persona será condenada a pena privativa de libertad no menor de dos años pero no mayor de cinco años y también será multada si las circunstancias son particularmente graves, o si los intereses nacionales sufren pérdidas particularmente graves, será castigada; Será condenado a pena privativa de libertad no menor de cinco años ni mayor de diez años y también multa.
”
41. Modificar el artículo 390 de la Ley Penal para que diga: “Quienes ofrezcan soborno serán sancionados con pena privativa de libertad no mayor de cinco años o prisión penal, y también serán multados los que la utilicen; soborno para buscar beneficios indebidos, si las circunstancias son graves o causantes. Quien sufra grandes perjuicios a los intereses nacionales será condenado a pena privativa de libertad no menor de cinco años ni mayor de diez años, y también multa si el mismo; circunstancias especialmente graves, o cuando los intereses nacionales sufran daños especialmente graves, será condenado a pena privativa de libertad no inferior a cinco años ni superior a diez años, y también a multa o a decomiso. propiedad.
“Si un sobornador toma la iniciativa de confesar su soborno antes de ser procesado, se le puede imponer una pena más leve o reducida. Entre ellas, si el delito es menor, la conducta de denuncia juega un papel clave en el proceso. la detección de casos mayores, o si existe otro servicio meritorio importante, podrá quedar exento de pena.”
42 Modifíquese el primer párrafo del artículo 391 de la Ley Penal para que diga: “Con el fin de buscar indebido. beneficios, otorgar agencias estatales, compañías estatales, empresas, instituciones y personas. Cualquier grupo que utilice propiedades o viole las regulaciones estatales en sus transacciones económicas y proporcione sobornos o tarifas en diversas formas será sentenciado a una pena de prisión de no más de tres años o prisión penal, y también será multado.”
Cuarenta y tres Modificar el primer párrafo del artículo 392 de la Ley Penal para que diga: “El que introduzca sobornos a funcionarios del Estado, si las circunstancias lo condujeran. grave, será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de tres años o prisión preventiva, y también multa.”
44. Modificar el artículo 393 de la Ley Penal para que diga: “La unidad ofrece sobornos para intereses ilegítimos, o viola las regulaciones estatales al dar sobornos o honorarios a trabajadores estatales. Si las circunstancias son graves, la unidad será multada y el responsable directo será multado. El personal y otras personas directamente responsables serán condenadas a. Pena privativa de libertad no mayor de cinco años o reclusión penal, y también será multado si las ganancias ilícitas obtenidas mediante cohecho pertenecen a particulares, serán condenados y sancionados conforme a lo dispuesto en los artículos 389 y 390 de esta Ley. "
45. Modificar el artículo 426 de la Ley Penal para que diga: "Quien obstaculice a los comandantes o al personal de servicio en el desempeño de sus funciones mediante violencia o amenazas será sancionado con pena privativa de libertad no mayor. de cinco años o prisión penal si las circunstancias son graves, si el caso es especialmente grave, será condenado a pena privativa de libertad no inferior a cinco años pero no superior a diez años si las circunstancias son especialmente graves; Será sancionado con pena privativa de libertad no menor de diez años o cadena perpetua.”
46 Reforma al artículo 433 de la Ley Penal Es: “El que difunda rumores para confundir y estremecer a la ciudadanía. la moral de los militares durante la guerra será condenado a una pena de prisión de no más de tres años, si las circunstancias son graves, será condenado a una pena de prisión de no menos de tres años pero no más de 10 años; si las circunstancias son especialmente graves, será condenado a pena privativa de libertad no inferior a diez años o a cadena perpetua."
47. Esta modificación entrará en vigor en la fecha de su promulgación.