Plazo límite para la atención de accidentes personales de estudiantes universitarios
Artículo 2: Estas Medidas se aplican a los accidentes que ocurran durante las actividades educativas y docentes realizadas por las escuelas o actividades extracurriculares organizadas por las escuelas, así como en los edificios escolares, sedes, otras instalaciones educativas y docentes e instalaciones de vivienda. manejado por las escuelas, lo que resulta en Manejo de lesiones personales entre los estudiantes de la escuela.
Artículo 3: Los accidentes con lesiones estudiantiles se manejarán pronta y adecuadamente de acuerdo con los principios de legalidad, objetividad, equidad, razonabilidad y adecuación.
Artículo 4 Los organizadores escolares deberán proporcionar edificios, lugares y otras instalaciones educativas, de enseñanza y de vivienda que cumplan con los estándares de seguridad.
El departamento administrativo de educación debe fortalecer el trabajo de seguridad escolar, guiar a las escuelas para que implementen medidas para prevenir accidentes con lesiones a los estudiantes, guiar y ayudar a las escuelas a manejar adecuadamente los accidentes con lesiones a los estudiantes y mantener el orden normal de la educación y la enseñanza en las escuelas.
Artículo 5 Las escuelas deben brindar a los estudiantes la educación necesaria sobre seguridad y autoprotección y rescate automático; deben establecer y mejorar sistemas de seguridad de acuerdo con las regulaciones, tomar las medidas de gestión correspondientes y prevenir y eliminar peligros ocultos; en el entorno educativo y docente; cuando ocurre un accidente con lesiones, se deben tomar medidas oportunas para rescatar a los estudiantes lesionados.
Cuando las escuelas brindan educación, gestión y protección de seguridad a los estudiantes, deben adoptar el contenido correspondiente y las medidas preventivas basadas en las diferencias en la edad, la capacidad cognitiva y la capacidad jurídica de los estudiantes.
Artículo 6 Los estudiantes deben respetar las reglas, reglamentos y disciplinas de la escuela; en las diferentes etapas de la educación, deben evitar y eliminar los peligros correspondientes en función de su edad, capacidad cognitiva y capacidad jurídica.
Artículo 7 Los padres u otros tutores de estudiantes menores de edad (en adelante, tutores) desempeñarán sus deberes de tutela de acuerdo con la ley y cooperarán con la escuela en la educación, gestión y protección de la seguridad de los estudiantes.
El colegio no asume responsabilidades de tutela sobre estudiantes menores de edad, excepto cuando la ley lo estipule o se encomienden al colegio las responsabilidades de tutela correspondientes según la ley.
Capítulo 2 Accidentes y Responsabilidades
Artículo 8 La responsabilidad por accidentes con lesiones de estudiantes se determinará con base en la relación causal entre el comportamiento de las partes relevantes y las consecuencias del daño.
Si un accidente con lesiones a un estudiante es causado por culpa de la escuela, los estudiantes u otras partes relevantes, las partes relevantes asumirán las responsabilidades correspondientes en función de la proporción de sus faltas de comportamiento y la relación causal con las consecuencias de el daño. Si el comportamiento de la parte es la causa principal del daño, debe asumir la responsabilidad principal; si el comportamiento de la parte no es la causa principal del daño, debe asumir la responsabilidad correspondiente;
Artículo 9 Si una de las siguientes circunstancias causa una lesión a un estudiante, la escuela asumirá las responsabilidades correspondientes de acuerdo con la ley:
(1) Edificios escolares, lugares y otras instalaciones públicas y la información de la escuela a los estudiantes Las herramientas escolares, las instalaciones y el equipo de enseñanza y vivienda proporcionados no cumplen con los estándares estipulados por el estado, o hay factores inseguros obvios Omisiones o gestión caótica, existen riesgos importantes para la seguridad y no se cumplen; tomar medidas oportunas;
(3) Los medicamentos, alimentos y agua potable proporcionados por la escuela a los estudiantes no cumplen con los estándares y requisitos nacionales o de la industria.
(4) La escuela; organiza a los estudiantes para participar en actividades educativas y docentes o actividades extracurriculares, pero no brinda la educación de seguridad correspondiente a los estudiantes y no toma las medidas de seguridad necesarias dentro del alcance previsible;
(5) La escuela sabe que los maestros o otro personal sufre enfermedades que no son adecuadas para la educación y la enseñanza, pero no toma las medidas necesarias;
(6) La escuela viola las regulaciones pertinentes y organiza o hace arreglos para que estudiantes menores de edad participen en actividades laborales inapropiadas. , deportes u otras actividades aptas para la participación de menores;
(7) El estudiante tiene un físico especial o una enfermedad específica y no es apto para participar en determinadas actividades educativas y docentes. La escuela sabe o debe saber, pero no da Es necesario prestar atención;
(8) La escuela descubre que un estudiante repentinamente se enferma o sufre una lesión mientras está en la escuela, pero no toma las medidas apropiadas de manera oportuna para brindarle orientación basada en la situación real, lo que resulta en un agravamiento de las consecuencias adversas;
(9) Los maestros de la escuela u otros miembros del personal aplican castigos corporales o castigos corporales disfrazados a los estudiantes durante el desempeño de sus funciones, o violan los requisitos laborales , procedimientos operativos, ética profesional u otras regulaciones relevantes;
(10) Cuando los maestros de la escuela u otro personal son responsables de organizar y manejar a los estudiantes menores de edad, descubren que el comportamiento de los estudiantes es peligroso pero no llevan a cabo las medidas necesarias. gestión, advertencia o parada;
(11) Salir de la escuela sin permiso y otras relaciones directas La escuela descubre o conoce información sobre la seguridad personal de los estudiantes menores, pero no se informa al tutor del estudiante menor con el tiempo, causando que el estudiante menor escape de la protección del tutor y resulte perjudicado (12) Otras situaciones en las que la escuela no cumple con sus deberes de acuerdo con la ley;
Artículo 10: El estudiante o tutor de un estudiante menor de edad comete por culpa alguna de las siguientes circunstancias.
1. Quienes causen lesiones a los estudiantes asumirán las responsabilidades correspondientes de acuerdo con la ley:
(1) Los estudiantes violan las disposiciones de las leyes y reglamentos, el código de conducta pública y el las reglas y regulaciones de la escuela O disciplinar e implementar comportamientos que se deben saber que son peligrosos o que pueden dañar a otros según su edad y capacidad cognitiva;
(2) El comportamiento del estudiante es peligroso, y la escuela y los maestros lo han advertido y corregido, pero el estudiante no escucha la disuasión y se niega a corregir;
(3) Los estudiantes o sus tutores saben que el estudiante tiene una constitución especial o padece una enfermedad específica, pero fallan informar a la escuela;
(4) No hacerlo La condición física, el comportamiento o las emociones del estudiante adulto son anormales y el tutor lo sabe o ha sido informado por la escuela, pero no cumple con los deberes de tutela correspondientes;
(5) El estudiante o el tutor del estudiante menor tiene otras faltas.
Artículo 11 Si la escuela organiza la participación de los estudiantes en actividades y el estudiante resulta lesionado por culpa de los operadores que proporcionan lugares, equipos, transporte, alimentos y otros consumos y servicios o de los organizadores de actividades fuera del campus, el culpable asumirá las responsabilidades que le correspondan conforme a la ley.
Artículo 12 Si ocurre un accidente con lesiones a un estudiante debido a cualquiera de las siguientes circunstancias, la escuela ha cumplido con sus responsabilidades y no existe mala conducta y no asume responsabilidad legal:
( 1) Terremotos, rayos, tifones, inundaciones y otros factores naturales irresistibles;
(2) Infracciones repentinas y accidentales desde fuera de la escuela;
(3) Los estudiantes tienen una constitución especial, enfermedad específica o estado mental anormal, que la escuela no conoce o es difícil de conocer;
(4) Los estudiantes se suicidan o se autolesionan;
(5) En situaciones de confrontación o situaciones peligrosas Lesiones accidentales que ocurren en competiciones deportivas sexuales;
(6) Causadas por otros factores accidentales.
Artículo 13 Si las siguientes circunstancias causan lesiones personales a los estudiantes y la escuela no actúa de manera inapropiada, no será responsable del accidente, la determinación de responsabilidad por el accidente se basará en las leyes pertinentes; regulaciones u otras disposiciones relevantes:
(1) Ocurre cuando los estudiantes van a la escuela, después de la escuela, regresan a la escuela o salen de la escuela;
(2) Ocurre cuando los estudiantes salen o salen de la escuela sin permiso;
(3) Después de la escuela Los estudiantes permanecen en la escuela o van a la escuela solos durante el horario laboral escolar, como fines de semana, feriados o feriados;
(4) Otros sucesos fuera del alcance de las responsabilidades de gestión escolar.
Artículo 14 Si la lesión personal de un estudiante es causada por un acto personal de un maestro de la escuela u otro personal que no tiene nada que ver con sus deberes, o un acto ilegal o criminal cometido intencionalmente por un estudiante, maestro o otro individuo, el autor asumirá la responsabilidad conforme a la ley.
Capítulo 3 Procedimientos de manejo de accidentes
Artículo 15: Cuando un estudiante resulta herido en un accidente, la escuela rescatará de inmediato al estudiante lesionado y notificará al tutor del estudiante menor de manera oportuna. manera, si las condiciones lo permiten, se debe proporcionar ayuda mediante rescate de emergencia y otros medios.
Artículo 16 Si un estudiante resulta herido en un accidente y la situación es grave, la escuela deberá informarlo al departamento administrativo de educación competente y a los departamentos pertinentes de manera oportuna cuando ocurra un accidente con víctimas graves; El departamento administrativo de educación informará oportunamente al mismo nivel de acuerdo con las regulaciones pertinentes. Los informes del gobierno popular y del departamento administrativo de educación superior.
Artículo 17 El departamento administrativo de educación competente de la escuela podrá, a solicitud de la escuela o lo considere necesario, orientar y ayudar a la escuela en el manejo del accidente y restablecer el orden normal de educación y enseñanza de la escuela lo antes posible.
Artículo 18: En caso de lesión del estudiante, la escuela y el estudiante lesionado o sus padres podrán resolver el asunto mediante negociación; ambas partes podrán solicitar voluntariamente por escrito al departamento administrativo de educación competente la mediación. Los estudiantes adultos o tutores de estudiantes menores también podrán presentar una demanda directamente de conformidad con la ley.
Artículo 19: Luego de recibida la solicitud de mediación, el departamento administrativo de educación podrá designar una persona especial para realizar la mediación si lo considera necesario, y la mediación deberá completarse dentro de los 60 días siguientes a la fecha de aceptación de la aplicación.
Artículo 20 Si las dos partes llegan a un acuerdo sobre el manejo del accidente después de la mediación por parte del departamento administrativo de educación, firmarán un acuerdo de mediación bajo el testimonio del mediador y pondrán fin a la mediación; no llegar a un acuerdo durante el período de mediación, o durante el período de mediación Si una de las partes presenta una demanda durante el proceso y el Tribunal Popular la ha aceptado, se dará por terminada la mediación. Cuando la mediación finalice o finalice, el departamento administrativo de educación notificará a las partes por escrito.
Artículo 21 Si una de las partes incumple o se retracta del acuerdo alcanzado mediante la mediación, ambas partes podrán iniciar un litigio conforme a la ley.
Una vez manejado el accidente, la escuela informará los resultados del accidente por escrito al departamento administrativo de educación competente; el departamento administrativo de educación responsable de la escuela informará los resultados del manejo del accidente con víctimas graves a el gobierno popular del mismo nivel y el departamento administrativo de educación de primer nivel.
Capítulo 4 Indemnización por daños por accidentes
Artículo 23 Las organizaciones o personas responsables de accidentes con lesiones de estudiantes asumirán los daños correspondientes de acuerdo con las disposiciones pertinentes de las leyes y reglamentos de responsabilidad.
Artículo 24 El alcance y el nivel de compensación por accidentes con lesiones estudiantiles se determinarán de acuerdo con los reglamentos administrativos pertinentes, los reglamentos locales o las disposiciones pertinentes en la interpretación judicial del Tribunal Popular Supremo.
Cuando el departamento administrativo de educación lleva a cabo una mediación, si cree que la escuela es responsable, puede proponer un plan de mediación correspondiente de acuerdo con las leyes y regulaciones pertinentes y las regulaciones nacionales pertinentes.
Artículo 25 Si hay una disputa sobre el grado de discapacidad de un estudiante lesionado, se puede confiar a un hospital local o institución relevante con las calificaciones de evaluación correspondientes la realización de una evaluación de acuerdo con las normas nacionales de discapacidad.
Artículo 26 Si la escuela es responsable de los accidentes con lesiones de los estudiantes, se otorgará la compensación económica adecuada según el grado de responsabilidad, pero no será responsable de resolver el registro del hogar, la vivienda, el empleo, etc. no están directamente relacionados con el rescate de los estudiantes heridos y la compensación por las pérdidas económicas correspondientes.
Si la escuela no tiene responsabilidad, puede proporcionar la ayuda adecuada a los estudiantes lesionados en función de la situación real y según el principio de voluntariedad y posibilidad.
Artículo 27 Si un maestro de escuela u otro personal causa intencionalmente o negligentemente una lesión a un estudiante mientras desempeña sus funciones, la escuela puede recuperar una compensación de las personas responsables pertinentes después de que la escuela compense.
Artículo 28 Si un estudiante menor es responsable de un accidente con lesiones estudiantiles, su tutor asumirá la responsabilidad correspondiente por la indemnización de acuerdo con la ley.
Si el comportamiento de un estudiante infringe los derechos e intereses legítimos de los maestros de la escuela y otro personal, así como de otras organizaciones e individuos, causando pérdidas, los estudiantes adultos o tutores de estudiantes menores deberán compensar de acuerdo con la ley.
Artículo 29 Ajustes en función del acuerdo alcanzado por ambas partes