El estado exige el tiempo de almacenamiento de la videovigilancia.
Base legal: El artículo 25 del "Reglamento sobre la administración de servicios de seguridad" estipula que los productos de defensa técnica utilizados en los servicios de seguridad deberán cumplir con los requisitos de calidad del producto pertinentes. La instalación de equipos de vigilancia en los servicios de seguridad debe cumplir con las especificaciones técnicas nacionales pertinentes, y el uso de equipos de vigilancia no debe infringir los derechos e intereses legítimos ni la privacidad personal de otros.
Los datos de imágenes de vigilancia y los registros de alarmas generados durante los servicios de seguridad deben conservarse durante al menos 30 días para referencia futura, y los profesionales de seguridad y las unidades de los clientes no pueden eliminarlos ni difundirlos.
Artículo 17 del “Reglamento para la Gestión de la Seguridad Pública de la Industria Hotelera”: Los hoteles deberán instalar cámaras de video que cumplan con los requisitos de las leyes, reglamentos, normas y especificaciones en áreas públicas como recepción, entradas y salidas, pasillos principales, cabinas de ascensores, estacionamientos, etc. Monitorear los equipos y garantizar el funcionamiento normal durante el horario comercial. El plazo de conservación de los datos de videovigilancia no será inferior a noventa días.
El hotel no permite la instalación de equipos de videovigilancia en zonas no públicas.