Adquisición de buena fe y adquisición de derivados
¿La adquisición de buena fe es una adquisición derivada? La adquisición de buena fe es adquisición original. ¿Qué es la adquisición de buena fe y la adquisición de derivados? También llamada adquisición inmediata, una persona sin derecho a disponer del bien transfiere su propiedad a un tercero. Si el cesionario adquiere la propiedad de buena fe, el cesionario adquiere la propiedad de la propiedad y el titular original del derecho pierde la propiedad. Se refiere a un sistema en el que el propietario de bienes muebles transfiere la propiedad de los bienes muebles a un tercero o crea otros derechos de propiedad para el tercero incluso si el propietario de los bienes muebles no tiene derecho a disponer de los bienes muebles. , el cesionario de buena fe aún puede obtener la propiedad de los bienes muebles u otros derechos reales. Adquisiciones de derivados, también conocidas como "Tongde". La simetría de la "adquisición original" es la forma en que se adquiere la propiedad transfiriendo la propiedad del propietario original a través de determinados actos jurídicos. Incluye principalmente ventas, reciprocidad, donaciones, herencias, legados, préstamos al consumo, etc. En una adquisición derivada, el momento de la transferencia de propiedad varía según la naturaleza de la materia: la propiedad de los bienes inmuebles se transfiere desde el momento de la inscripción, la propiedad de los bienes muebles se transfiere desde el momento de la entrega o la transferencia de posesión. Otros derechos de propiedad y derechos de propiedad intelectual, como los derechos de uso de la tierra, también pueden adquirirse mediante adquisiciones derivadas. Condiciones que deben cumplirse para la adquisición de buena fe: (1) el transmitente no tiene derecho a disponer del mismo; (2) el cesionario es de buena fe al aceptar el inmueble o bien mueble el tercero debe ser de buena fe; . La palabra “bonafide” proviene del vocablo latino bonafides, también conocido como ignorancia, que se refiere al estado subjetivo de no saber que existen hechos que pueden afectar el efecto jurídico. Lo que aquí entendemos por buena fe es que el tercero no sabe que el poseedor transfiere ilegalmente. La adquisición de buena fe significa que el tercero no sabe ni debe saber que el transmitente está transfiriendo ilegalmente y, generalmente, cree erróneamente que el transmitente es el propietario u otra persona con derecho a disponer del bien. (3) Transferencia a un precio razonable; (4) Se ha registrado el inmueble o bien mueble transferido que debe registrarse de acuerdo con la ley, y se ha entregado al inmueble el bien inmueble o mueble transferido que no necesita ser registrado. cesionario. Artículo 311 del Código Civil: Si quien lo adquiere de buena fe y no tiene derecho a disponer de él, transfiere al cesionario un bien inmueble o mueble, el propietario tiene derecho a recuperarlo, salvo disposición legal en contrario, si; ocurre una de las siguientes circunstancias, el cesionario adquirirá la propiedad del inmueble o bien mueble: (1) El cesionario adquiere el inmueble o bien mueble de buena fe (2) lo transfiere a un precio razonable; 3) Se ha registrado el inmueble o bien mueble transferido que de acuerdo con la ley debe inscribirse, y no es necesario que el inmueble o bien mueble transferido registrado haya sido entregado al cesionario. Si el cesionario adquiere la propiedad de bienes inmuebles o muebles de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior, el propietario original tiene derecho a exigir una indemnización por daños y perjuicios a quien no tiene derecho a disponer de ellos. Si las partes adquieren de buena fe otros derechos reales, se aplicará mutatis mutandis lo dispuesto en los dos párrafos anteriores. Lo anterior es el contenido relevante resumido por Bianxiao.com. Si hay algo que no comprende acerca de este artículo, puede consultar a un abogado en línea para obtener orientación y él le dirá la respuesta directamente.
Objetividad jurídica:
El artículo 311 del Código Civil cumple las siguientes condiciones: (1) El cesionario adquiere bienes inmuebles o muebles de buena fe (2) Con razonable (3) Se han registrado los bienes inmuebles o muebles transferidos que de acuerdo con la ley deben registrarse, y se han entregado al cesionario los bienes muebles o inmuebles transferidos que no necesitan registrarse.