Aviso de la Administración Estatal de Radio, Cine y Televisión sobre la Emisión de las “Medidas Provisionales para la Supervisión y Administración de Programas de Radio, Cine y Televisión Difundidos a través de Redes de Información”
El término "programas de radio, cine y televisión", tal como se menciona en estas Medidas, se refiere a imágenes o sonidos continuos audibles que son similares a programas de radio y televisión o películas y consisten en imágenes en movimiento continuo.
El término “difusores de programas de radio, cine y televisión”, tal como se menciona en estas Medidas, se refiere a organizaciones que organizan materiales de programas de radio, cine y televisión y los difunden al público a través de redes de información.
Los operadores de redes de información mencionados en estas Medidas se refieren a instituciones que proporcionan plataformas de software y hardware de redes de información y otro soporte técnico. Artículo 4 La Administración Estatal de Radio, Cine y Televisión es el departamento encargado de los programas de radio, cine y televisión de la red de información. Es responsable de formular el plan de desarrollo de programas de radio, cine y televisión de la red de información nacional y determinar el número total y el diseño. y estructura de las instituciones emisoras de programas de radio, cine y televisión.
Los departamentos administrativos de radio y televisión de todos los niveles son responsables de la planificación del desarrollo, supervisión y gestión de los programas de radio, cine y televisión difundidos a través de las redes de información dentro de su jurisdicción. Artículo 5 La Administración Estatal de Radio, Cine y Televisión implementa la gestión de licencias para el negocio de transmisión de programas de radio, cine y televisión a través de redes de información. Sólo con una "Licencia para Transmisión en Red de Programas de Radio, Cine y Televisión" se puede realizar el negocio de transmisión de programas de radio, cine y televisión al público a través de redes de información. Artículo 6 La Administración Estatal de Radio, Cine y Televisión clasifica y gestiona los programas de radio, cine y televisión difundidos a través de redes de información según las cuatro categorías siguientes: 1. Noticias, 2. Dramas cinematográficos y televisivos; 3. Entretenimiento, incluida la música y la ópera; , deportes, etc 4. Categorías profesionales, incluidas ciencia y tecnología, educación, atención médica, finanzas, meteorología, ejército, etc. Artículo 7 Para iniciar la actividad de difusión de programas de radio, cine y televisión al público a través de redes de información, deberán cumplirse al mismo tiempo las siguientes condiciones básicas:
(1) Cumplir con las normas técnicas y de planificación específicas normas para la difusión de programas de radio, cine y televisión al público a través de redes de información y requisitos de gestión;
(2) Contar con fondos, equipos y ubicaciones propios acordes con su escala de negocios;
(3) Contar con fondos, equipos y ubicaciones propias acordes a su escala de negocios y cumplir con las regulaciones nacionales. Recursos de programas de radio, cine y televisión;
(4) Contar con los profesionales necesarios;
(5) Cumplir con las leyes, reglamentos y otras disposiciones pertinentes nacionales.
Para difundir distintos tipos de programas de radio, cine y televisión a través de las redes de información, también se deberán cumplir las condiciones de solicitud correspondientes. Artículo 8 Para iniciar la difusión en red de información de negocios de programas informativos, además de las condiciones básicas previstas en el artículo 7 de estas Medidas, también deberá cumplirse una de las siguientes condiciones:
(1) Haber obtenido la "Licencia de transmisión de programas de radio, cine y televisión en línea", dedicada al negocio de difusión de programas profesionales o de entretenimiento durante más de 3 años;
(2) Organizaciones de noticias establecidas de conformidad con la ley durante más de 3 años . Artículo 9 Para iniciar una red de información de difusión del negocio de programas dramáticos de televisión, además de las condiciones básicas estipuladas en el artículo 7 de estas Medidas, también se debe cumplir una de las siguientes condiciones:
(1) Obtener una Licencia de transmisión en red para programas de radio, cine y televisión. Certificado, dedicado a negocios de difusión de programas de entretenimiento durante más de 2 años;
(2) Organizaciones de producción y operación de cine y televisión que hayan estado operando de acuerdo con la ley. durante más de 3 años. Artículo 10 Para transmitir al público programas de radio, cine y televisión a través de redes de información, se deberán presentar materiales escritos relacionados con lo dispuesto en los artículos 7, 8 y 9 de estas Medidas, previa revisión y aprobación por el departamento administrativo provincial de radio y televisión. , serán informados a la Corporación Nacional de Radiodifusión Homologada por la Administración Estatal de Cine y Televisión. Las unidades directamente dependientes del gobierno central y las empresas registradas en la Administración Estatal de Industria y Comercio pueden presentar su solicitud directamente a la Administración Estatal de Radio, Cine y Televisión. Aquellos que pasen la revisión recibirán una "Licencia de programa de radio, cine y televisión por Internet" de la Administración Estatal de Radio, Cine y Televisión. Después de obtener la licencia, el negocio de comunicación sólo puede llevarse a cabo de acuerdo con el logotipo, el método de comunicación, el medio de comunicación, el alcance de la comunicación y la categoría del programa estipulados en la "Licencia de comunicación en línea para programas de radio, cine y televisión". Si es necesario cambiar los asuntos anteriores, los procedimientos de aprobación pertinentes se manejarán de acuerdo con los procedimientos anteriores.
Después de obtener una licencia de transmisión en línea para programas de radio, cine y televisión, si el nombre, dirección, sitio web, nombre del sitio web o representante legal de la unidad patrocinadora cambia, se deberá presentar una solicitud de reemplazo al unidad emisora original dentro de los 30 días posteriores al cambio. Artículo 11 Al solicitar el establecimiento de una agencia especializada para difundir programas de radio, cine y televisión a través de redes de información, el organizador deberá seguir los procedimientos de aprobación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de estas Medidas. Para operar este tipo de negocio en forma de empresa, primero debe obtener una licencia de transmisión en línea para programas de radio, cine y televisión, y luego pasar por los trámites de registro en el departamento industrial y comercial.