La mujer demolió la casa de reasentamiento y él no fue incluido en el alcance del reasentamiento. ¿Tiene el hombre un papel en el divorcio? ¿Tienen marido y mujer los mismos bienes?
Así que esta cuestión no se puede generalizar. Es necesario analizar si la casa de reasentamiento es propiedad conjunta del marido y la mujer. Si se trata de bienes de propiedad conjunta, el marido puede dividirlos durante el divorcio. Si no se trata de bienes gananciales, no tiene derecho a dividirlos durante el divorcio. El análisis específico es el siguiente:
Si la casa a demoler pertenece a la misma propiedad que la pareja compró durante el matrimonio, entonces, independientemente de lo que estipule la política de demolición, el hombre puede dividir la casa de reasentamiento obtenida a través de demolición.
Si la casa a demoler pertenece a la propiedad personal de la mujer adquirida antes del matrimonio, entonces, en este caso, la casa obtenida mediante el reasentamiento pertenece a la propiedad personal de la mujer y el hombre no tiene derecho a dividir la casa reasentada. casa.
La base jurídica es el "Código Civil de la República Popular China".
Artículo 1062. Son bienes comunes del marido y de la mujer y pertenecen al marido y a la mujer los siguientes bienes adquiridos por el marido y la mujer durante la relación matrimonial:
(1) Salario, bonificaciones y remuneraciones por servicios laborales;
(2) Ingresos por producción, operación e inversión;
(3) Ingresos por derechos de propiedad intelectual;
(4 ) Bienes heredados o donados, con excepción del artículo 1006 de esta Ley. Salvo lo dispuesto en el párrafo 3 del artículo 13;
(5) Los demás bienes que deban ser propiedad de * * *.
El marido y la mujer tienen iguales derechos para disponer de los mismos bienes.
Artículo 1063 Son bienes muebles de uno de los cónyuges los siguientes bienes:
(1) Los bienes prematrimoniales de una de las partes;
(2) Los bienes de una de las partes adquirido debido a lesiones personales Compensación o compensación;
(3) Propiedad determinada como perteneciente solo a una de las partes en el testamento o contrato de donación;
(4) Necesidades diarias utilizadas exclusivamente por una parte;
( 5) Otros bienes que deberían pertenecer a una de las partes.