Disposiciones Legales sobre Casos de Peleas Causadas por Peticiones
Para castigar el delito de provocar riñas y provocar problemas de conformidad con la ley y mantener el orden social, de conformidad con las disposiciones pertinentes de la "Ley Penal de la República Popular China". , se explican a continuación varias cuestiones relativas a la aplicación de la ley en el manejo de casos penales de provocar peleas y provocar problemas: Artículo primero 29 Cualquier persona que busque excitación, desahogue emociones, muestre su fuerza y otros métodos para buscar peleas y provocar problemas y comete los actos previstos en el artículo 293 de la Ley Penal será considerado culpable de "provocar riñas y provocar disturbios". Si un actor comete un acto previsto en el artículo 293 de la Ley Penal debido a conflictos y disputas ocasionales en la vida diaria, se considerará que "provoca riñas y provoca problemas", excepto cuando el conflicto fue causado intencionalmente por la víctima o la víctima. fue el principal responsable de la intensificación del conflicto. Si un perpetrador comete actos como golpear, insultar, amenazar a otros o dañar o apropiarse indebidamente de la propiedad de otras personas debido a disputas sobre el matrimonio, la familia, el vecindario o las deudas, generalmente no se considera que "provoque peleas y provoque problemas". , el comportamiento continuará después de haber sido criticado y detenido o castigado por los departamentos pertinentes. Se hacen excepciones para los comportamientos de vanguardia y aquellos que alteran el orden social.
Objetividad jurídica:
Artículo 293 de la Ley Penal
Quien cometa cualquiera de los siguientes actos de provocar disturbios y alterar el orden social será sancionado con pena fija: pena de prisión no superior a cinco años o detención penal o control:
(1) Golpear a otros a voluntad, las circunstancias son atroces;
(2) perseguir, interceptar, insultar o intimidar a otros, las circunstancias son atroces;
(3) Extorsión o daño arbitrario o apropiación indebida de propiedad pública o privada, las circunstancias son graves;
(4) En lugares públicos, causar Desorden grave en lugares públicos.
Quien congregue varias veces una multitud para cometer los actos mencionados en el párrafo anterior y altere gravemente el orden social, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de cinco años ni mayor de diez años, pudiendo también ser multado.