Leyes y normas sobre abandono de tierras
Base jurídica: "Interpretación del Tribunal Supremo Popular sobre las cuestiones jurídicas aplicables en el juicio de casos de disputas sobre contratos de tierras rurales" Artículo 6: La parte emisora del contrato ha recuperado o ajustado ilegalmente el terreno contratado, o el La parte emisora del contrato ha recuperado la tierra contratada y abandonado la tierra de cultivo. Las disputas que surjan de la tierra contratada se manejarán por separado de acuerdo con las siguientes circunstancias:
(1) La parte emisora del contrato no contrató la tierra. terreno contratado por separado, y se sustentará la solicitud del contratista de devolver el terreno contratado;
(2) Si la parte que emite el contrato subcontrata el terreno contratado a un tercero, y el contratista utiliza a la parte que emite el contrato y el tercero como codemandado y solicita confirmar que el terreno contratado no es válido, devolver el terreno contratado y compensar las pérdidas, debe ser sustentado. Sin embargo, si el contratista abandona la agricultura o las tierras baldías, no se admitirá la reclamación de indemnización por pérdidas.
Si el tercero del inciso (2) del párrafo anterior solicita al beneficiario que le compense su inversión razonable en el terreno contratado, se sustentará la solicitud.