Reglamento de Sanción de Seguridad Pública de Incendios
Análisis Legal
Si por negligencia se produce un incendio, resultando en un incendio forestal, y la superficie forestal supera las dos hectáreas, se puede perseguir la responsabilidad penal según el delito de daños por incendio. . Quien deliberadamente prenda fuego a un bosque u otros incendios forestales deberá presentar una demanda si la superficie forestal es superior a 2 hectáreas, si es un caso grave si la superficie forestal es superior a 10 hectáreas, o si causa lesiones graves o; muerte, es un caso particularmente grave. Si un incendio forestal es provocado por un incendio y la superficie forestal es superior a 2 hectáreas, o causa lesiones graves o muertes, se presentará una demanda si la superficie forestal es superior a 10 hectáreas, o mueren más de 5 personas o; heridos graves, es un caso importante si el área forestal es de más de 50 hectáreas, o si hay muerte o muerte Si hay más de 2 personas, es un caso particularmente grave; Cualquier persona que deliberadamente prenda fuego a árboles sin causar consecuencias graves será condenada a una pena de prisión fija de no menos de 3 años pero no más de 00 años de conformidad con las leyes pertinentes. El que provoque un incendio que cause lesiones graves o la muerte o cause grandes pérdidas a bienes públicos o privados, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de 200 años, cadena perpetua o muerte. Quienes constituyan el delito de incendio serán sancionados con pena privativa de libertad no menor de tres años pero no mayor de siete años según las leyes pertinentes, si las circunstancias son menores, serán condenados a pena privativa de libertad no mayor; de tres años o detención penal.
Base jurídica
Artículo 114 de la "Ley penal de la República Popular China": incendio provocado, inundación, explosión, liberación de patógenos y otras sustancias venenosas, radiactivas e infecciosas, u otros El que utilice métodos peligrosos para poner en peligro la seguridad pública sin causar consecuencias graves, será condenado a pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de diez años. Artículo 115 El que prenda fuego, rompa aguas, explote, libere patógenos u otras sustancias venenosas, radioactivas o infecciosas, o utilice otros métodos peligrosos para causar lesiones graves o la muerte a personas o cause grandes pérdidas a la propiedad pública o privada, será condenado a Pena privativa de libertad no menor de diez años, cadena perpetua o pena de muerte. El que cometa negligentemente el delito del párrafo anterior será sancionado con pena privativa de libertad no menor de tres años pero no mayor de siete años si las circunstancias son menores, será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de siete años; tres años o prisión penal.