Red de Respuestas Legales - Derecho de bienes - Una pandilla robó por la noche a cinco personas, con un valor aproximado de 15.000, ¡a cuántos años de prisión serán sentenciados!

Una pandilla robó por la noche a cinco personas, con un valor aproximado de 15.000, ¡a cuántos años de prisión serán sentenciados!

El valor del robo es 6,5438+0,5 millones, lo cual es muy valioso. El robo de pandillas pertenece a * * * cómplices, quienes se dividen en principales y cómplices. El culpable principal será condenado a una cantidad mayor y el cómplice a una cantidad menor.

Sanción por el delito de hurto en la “Ley Penal”: Artículo 264 Se sancionará al que hurte bienes públicos o privados en cantidad relativamente importante, o que cometa hurtos múltiples, hurtos, hurtos a mano armada o carteristas. a tres años de prisión Las siguientes penas de prisión de duración determinada, detención o vigilancia penal, y concurrente o únicamente con multa si su cuantía es cuantiosa o concurren otras circunstancias graves, la pena no será inferior a tres años ni superior a; Diez años de prisión determinada, y multa si su cuantía es especialmente cuantiosa o concurre otras circunstancias especialmente graves, la pena será de prisión fija no menor de diez años o cadena perpetua; también ser multado o confiscado sus bienes.

Las disposiciones de la Ley Penal respecto de * * * como delitos:

Artículo 25* * *El concepto de cómplices* *Se entiende por cómplices a dos o más * * * cómplices del delito intencional .

Si dos o más personas cometen un delito culposo, no serán castigadas como delito culposo; los que deban cargar con responsabilidad penal serán castigados según el delito que cometieron.

Artículo 26: Es cabecilla la persona que organiza y dirige un grupo delictivo para realizar actividades delictivas o desempeña un papel importante en un delito conjunto.

Una organización criminal relativamente fija compuesta por tres o más personas que cometen delitos conjuntamente es un grupo criminal.

Los cabecillas que organicen y dirijan grupos criminales serán sancionados según todos los delitos cometidos por el grupo.

Los infractores principales distintos de los especificados en el apartado 3 serán castigados según todos los delitos en los que participaron, organizaron o dirigieron.

Artículo 27 Es cómplice la persona que desempeña un papel secundario o auxiliar en el mismo delito.

El cómplice recibirá una pena más leve, reducida o exenta.