¿Qué leyes y reglamentos tiene el Consejo de Estado con respecto al embarazo de empleadas?
Base Legal
Artículo 6 de las "Disposiciones Especiales sobre Protección Laboral de las Empleadas"
Si una empleada no puede adaptarse al trabajo original durante el embarazo, el empleador deberá certificar, reducir la cantidad de mano de obra u organizar otra mano de obra apropiada. Para las empleadas que estén embarazadas de más de siete meses, el empleador no ampliará la jornada laboral ni organizará turnos nocturnos, y dispondrá un determinado período de descanso durante la jornada laboral. Si una empleada embarazada se somete a control prenatal durante el horario laboral, el tiempo requerido se incluirá en el horario laboral.
Artículo 8
El subsidio de maternidad para las empleadas durante su licencia de maternidad será pagado por el fondo del seguro de maternidad sobre la base del salario mensual promedio de las empleadas durante el año anterior; que no hayan participado en el seguro de maternidad, el subsidio de maternidad será pagado por el empleador de acuerdo con la norma. Las empleadas pagarán el salario estándar antes de la licencia de maternidad. Los gastos médicos de las empleadas que den a luz o aborten serán pagados por la caja del seguro de maternidad de conformidad con los elementos y normas estipulados en el seguro de maternidad. Si no participa en el seguro de maternidad, el empleador lo pagará.