Red de Respuestas Legales - Derecho de bienes - En una casa compartida por cuatro personas, si un amigo consume drogas en casa, ¿constituye esto albergar a otros?

En una casa compartida por cuatro personas, si un amigo consume drogas en casa, ¿constituye esto albergar a otros?

Si sabes que alguien está consumiendo drogas en la casa que alquilas y no lo impides, estás permitiendo que otros consuman drogas. En cuanto a si constituye albergar a otras personas, depende de si cumple con las normas de procesamiento para albergar a otras personas en el "Reglamento de la Fiscalía Popular Suprema y del Ministerio de Seguridad Pública sobre las normas de procesamiento de casos penales bajo la jurisdicción de los órganos de seguridad pública". (3)".

Reglamento de la Fiscalía Suprema Popular y del Ministerio de Seguridad Pública sobre las normas de presentación de causas penales bajo la jurisdicción de los órganos de seguridad pública (3);

Artículo 11 [Caso de acomodación otros tomen drogas (Ley Penal 350) Artículo 4)】Cualquier persona que permita que otros tomen o se inyecten drogas y sea sospechoso de una de las siguientes circunstancias será procesado:

(1) Permitir que otros tomen drogas tomar o inyectarse drogas más de dos veces;

(2) Permitir que más de tres personas tomen o se inyecten drogas a la vez;

(3) Estar sujeto a sanciones administrativas por permitir que otros tomar o inyectarse drogas, y permitir que otros tomen o se inyecten drogas;

(4) Permitir que menores tomen o se inyecten drogas;

(5) Permitir que otros tomen o se inyecten drogas con fines de lucro;

(6) Acomodar a otros a tomar o inyectarse drogas, causando consecuencias graves u otras circunstancias graves.