Red de Respuestas Legales - Derecho de bienes - ¿Cómo definir el matrimonio y la familia en el sentido jurídico?

¿Cómo definir el matrimonio y la familia en el sentido jurídico?

La definición legal de matrimonio y familia es la siguiente:

1. El matrimonio es reconocido por el sistema social de esa época, y un hombre y una mujer son la unión de cónyuges. La familia es un grupo de parentesco unido por el matrimonio, la sangre y la economía.

2. El matrimonio y las relaciones familiares son un complejo de relaciones matrimoniales y familiares, que incluyen principalmente las relaciones personales y patrimoniales entre marido y mujer y las relaciones personales y patrimoniales que rodean a la familia.

3. Las relaciones matrimoniales y familiares se pueden dividir en relaciones entre marido y mujer, relaciones entre padres e hijos y otras relaciones entre miembros de la familia según el tema. La relación entre marido y mujer se puede dividir en relación personal entre marido y mujer y relación de propiedad entre marido y mujer según exista contenido de propiedad directa. La relación padre-hijo, también conocida como relación padre-hijo, se refiere a la relación de derechos y obligaciones entre padres e hijos. La relación entre padres e hijos se puede dividir en cuatro categorías: padres e hijos legítimos, padres e hijos ilegítimos y padres adoptivos e hijastros. La relación entre los miembros de su familia incluye los derechos y obligaciones entre abuelos y nietos y los derechos y obligaciones entre hermanos y hermanas.

Base Legal

Código Civil de la República Popular China

Artículo 1041: El matrimonio y la familia están protegidos por el Estado. Implementar el sistema matrimonial de libertad de matrimonio, monogamia e igualdad entre hombres y mujeres. Proteger los derechos e intereses legítimos de las mujeres, los menores, las personas mayores y los discapacitados. Artículo 1043. Las familias deben establecer buenas tradiciones familiares, promover las virtudes familiares y prestar atención a la construcción de la civilización familiar. El marido y la mujer deben ser leales el uno al otro, respetarse mutuamente y cuidarse mutuamente; los miembros de la familia deben respetar a los ancianos, amar a los jóvenes, ayudarse mutuamente y mantener una relación matrimonial y familiar igualitaria, armoniosa y civilizada. Artículo 1045 Son parientes los cónyuges, los consanguíneos y los afines. Los cónyuges, padres, hijos, hermanos y hermanas, abuelos, nietos y nietos son parientes cercanos. Son miembros de la familia los cónyuges, padres, hijos y otros parientes cercanos que vivan juntos. Artículo 1055. El marido y la mujer tienen igual condición en el matrimonio y en la familia. Artículo 1056 Tanto el marido como la mujer tienen derecho a utilizar su propio nombre. Artículo 1057 Tanto el marido como la mujer tienen libertad de participar en la producción, el trabajo, el estudio y las actividades sociales, y ninguna de las partes puede restringir o interferir con la otra. Artículo 1058 (Derechos a criar, educar y proteger a los hijos menores) Tanto el marido como la mujer tienen iguales derechos a criar, educar y proteger a los hijos menores, y ambos tienen la obligación de criar, educar y proteger a los hijos menores. Artículo 1059: El marido y la mujer tienen la obligación de sustentarse mutuamente. Cuando la otra parte no cumple con sus obligaciones de manutención, la parte que necesita manutención tiene derecho a exigir a la otra parte el pago de tarifas de manutención. Artículo 1060: Los actos jurídicos civiles realizados por uno de los cónyuges para las necesidades diarias de la familia surtirán efectos sobre ambos cónyuges, salvo pacto en contrario entre uno y el otro. Las limitaciones entre marido y mujer al alcance de las acciones legales civiles que una de las partes puede ejercer no se utilizarán contra sus contrapartes de buena fe. Artículo 1061 El marido y la mujer tienen derecho a heredar recíprocamente. Artículo 1062 Son bienes comunes del marido y de la mujer y pertenecen al marido y a la mujer los siguientes bienes adquiridos por el marido y la mujer durante la relación matrimonial: (1) salarios, bonificaciones y remuneraciones por servicios de trabajo (2) ingresos de producción y de operaciones; inversiones;

(3) Rentas por derechos de propiedad intelectual;

(4) Bienes heredados o donados, salvo lo dispuesto en el párrafo 3 del artículo 1063 de esta Ley. Excepto;

(5) Otros bienes que deberían pertenecer a * * *.

El marido y la mujer tienen iguales derechos para disponer de los mismos bienes.