Artículo 57 de la Ley de Marcas
No necesariamente constituye infracción. Según el artículo 57 de la Ley de Marcas: “Infringe el derecho exclusivo de uso de una marca registrada quien cometa cualquiera de los siguientes actos: (1) Usar la misma marca que la marca registrada en un mismo producto sin permiso del titular de la marca registrada (2) Usar una marca comercial que sea similar a la marca registrada en el mismo producto sin el permiso del titular de la marca registrada, o usar una marca comercial que sea igual o similar a la marca registrada en productos similares, lo que probablemente causar confusión; (3) .... .........". Si la marca registrada del sujeto se utiliza en productos que son diferentes de aquellos designados por marcas registradas de otros, es difícil determinar que infringe los derechos exclusivos de la marca registrada. Por lo tanto, uno de los puntos clave es determinar si los productos utilizados por la marca en cuestión son idénticos o similares a los productos designados por otras marcas registradas.