Interpretación del artículo 57 de la Ley de Marcas
Este artículo trata sobre la infracción de los derechos exclusivos de las marcas registradas. La infracción del derecho exclusivo de uso de una marca registrada, también conocida como infracción de marca, se refiere a todas las conductas que dañan los derechos e intereses de las marcas registradas de otros. Para juzgar si un acto constituye una infracción del derecho exclusivo de uso de una marca registrada, depende principalmente de si cumple con cuatro elementos: primero, la existencia objetiva del hecho del daño, segundo, la ilegalidad del acto; el hecho de que el daño haya sido causado por un acto ilícito; cuarto, la intencionalidad del acto o la negligencia; Cuando los cuatro requisitos anteriores se cumplen al mismo tiempo, se constituye en infracción de marca. La infracción de los derechos de marca registrada previstos en este artículo incluye principalmente las siguientes categorías: 1. Sin el permiso del solicitante del registro de la marca, utilice una marca que sea idéntica o similar a la marca registrada en productos iguales o similares. Esta es la infracción de marca más obvia y común en la práctica judicial. Sin permiso del registrante de la marca, se refiere al acto de utilizar una marca idéntica o similar sobre productos iguales o similares sin pasar por los trámites de licencia de conformidad con lo dispuesto en el artículo 40 de esta Ley. Las manifestaciones específicas son: primero, usar la misma marca que la marca registrada de otra persona en el mismo tipo de productos; segundo, usar una marca similar a la marca registrada de otra persona en el mismo tipo de productos; tercero, usar la misma marca que la marca registrada de otra persona; marca registrada de otra persona en productos similares. En cuarto lugar, marca registrada que es similar a la marca registrada de otra persona en productos similares. Este tipo de comportamiento, ya sea intencional o negligente, generará confusión sobre el origen de los productos, lo que hará que los consumidores los identifiquen erróneamente y compren productos por error, dañando así los derechos e intereses legítimos de los solicitantes de registro de marcas y de los consumidores, por lo que es una infracción típica de las marcas. comportamiento. Los solicitantes de registro de marcas tienen derecho a detener ese uso ilegal. La ley debe prohibir claramente dicha infracción de los derechos exclusivos de las marcas registradas y responsabilizar legalmente a los infractores. 2. Vender productos que infrinjan los derechos exclusivos de las marcas registradas. Se trata de una infracción de marca registrada en la circulación de productos básicos. Por lo general, los productos que infringen los derechos exclusivos de una marca registrada pueden llegar a los consumidores sólo a través de las actividades de venta de otros, a menos que sean vendidos por el propio productor. Vendedores como este, al igual que los productores de bienes que infringen los derechos exclusivos de las marcas registradas, desempeñan el papel de confundir el origen de los productos, infringir los derechos exclusivos de las marcas registradas y perjudicar los intereses de los consumidores. Por lo tanto, dichas ventas también deben considerarse una infracción de los derechos exclusivos de las marcas registradas y también deben tratarse como una infracción de las marcas, lo que les hace asumir las responsabilidades legales correspondientes. Cabe señalar que el productor de bienes que infringe los derechos exclusivos de una marca registrada generalmente lo hace intencionalmente, pero el vendedor de bienes que infringe los derechos exclusivos de una marca registrada puede hacerlo o no de manera intencional. Por lo tanto, el párrafo 3 del artículo 56 de esta Ley estipula claramente que si vende productos que no se sabe que infringen los derechos exclusivos de una marca registrada, no será responsable de una compensación si puede demostrar que obtuvo los productos legalmente y explicó al proveedor. De esto se desprende que si vende productos que no sabe que infringen los derechos exclusivos de una marca registrada, puede demostrar que ha obtenido los productos legalmente y explicárselo al proveedor. Por lo tanto, no se le puede considerar legalmente responsable. por infracción de marca registrada y no debe ser responsable de compensación. 3. El acto de falsificar o crear sin autorización marcas registradas ajenas o vender las marcas registradas falsificadas o no autorizadas. La llamada "falsificación" se refiere a imitar el patrón y el objeto de la marca registrada de otra persona sin el permiso de otros, y hacer un logotipo de marca que sea igual al logotipo de la marca registrada se refiere principalmente a la llamada "producción no autorizada"; al número de impresiones estipuladas en el contrato de impresión de marcas. Además, el acto de imprimir marcas y logotipos sin el permiso de otros. La falsificación y la fabricación no autorizada tienen una característica común: ambas son actos sin el permiso del titular de la marca. La diferencia es que el logotipo de la marca del primero es falso, mientras que el logotipo de la marca del segundo es real. El acto de vender marcas registradas falsificadas o no autorizadas se refiere al acto de comprar y vender dichas marcas, incluyendo el comercio mayorista y minorista, incluyendo tanto las ventas internas como las ventas en el mercado. La identificación de marcas comerciales es una forma importante de uso de marcas comerciales. El propósito de falsificar o crear sin autorización el logotipo de una marca registrada de otros es utilizarlo en bienes iguales o similares producidos y vendidos por uno mismo o por otros, haciendo pasar la falsificación como genuina o de calidad inferior con el propósito de vender la falsificación o el registro no autorizado; la marca es para obtener beneficios ilegales. Debido a que este tipo de comportamiento altera el orden económico del mercado, infringe los derechos exclusivos del titular de la marca y perjudica los intereses de los consumidores, las consecuencias son graves y el daño es extremadamente perjudicial. Por lo tanto, se deben tomar medidas efectivas para reprimir severamente y responsabilizar a los infractores de conformidad con la ley. 4. El acto de cambiar la marca registrada y poner nuevamente en el mercado los productos con la marca cambiada sin el consentimiento del titular de la marca. Se trata de una nueva disposición en la revisión de la Ley de Marcas. Algunos casos legislativos extranjeros lo llaman "falsificación inversa" y lo prohíben y sancionan.
La llamada "falsificación inversa" se refiere al acto de eliminar la marca de otra persona que está legalmente vinculada a los productos, reemplazándola con la propia marca y vendiéndola como productos propios. En el proceso de transformación de China hacia una economía de mercado, se ha producido el fenómeno de eliminar la marca registrada utilizada en los productos sin el consentimiento del titular de la marca, reemplazándolas con sus propias marcas y luego poniéndolas en el mercado. Este comportamiento viola el derecho de los consumidores a saber, hace que los consumidores comprendan mal la fuente, los productores y los proveedores de bienes, y obstaculiza el papel efectivo de las marcas registradas y los esfuerzos de los solicitantes de marcas registradas para crear marcas famosas. Por lo tanto, debe determinarse como una infracción del derecho exclusivo de uso de una marca registrada. Para facilitar el sano desarrollo de la economía de mercado socialista y proteger los derechos exclusivos de los titulares de marcas, es necesario añadir explícitamente a esta ley prohibiciones sobre tales infracciones. 5. Actos que causen otro daño a los derechos exclusivos de otros para registrar marcas. Ésta es una regla general. Las conductas que causan otros daños al derecho exclusivo de uso de una marca registrada de otros se refieren principalmente a otras conductas que dañan el derecho exclusivo de uso de una marca registrada de otros distintos de los primeros cuatro incisos de este artículo. Por ejemplo, un logotipo corporativo o su parte principal constituye una copia, imitación, traducción o transliteración de una marca notoriamente conocida, lo que puede implicar una cierta conexión entre la empresa que utiliza el logotipo corporativo y el registrante de la marca notoriamente conocida, lo que puede perjudicar los intereses del registrante de la marca notoria, o el uso inadecuado o debilitamiento de las características distintivas de una marca notoriamente conocida. El nombre de dominio o la parte principal del nombre de dominio constituye una copia, imitación, traducción o transliteración de una marca notoriamente conocida, y el nombre de dominio ha sido registrado o utilizado de mala fe sobre productos iguales o similares, iguales o similares; palabras y gráficos similares a las marcas registradas de otros se utilizan como productos. El nombre o la decoración del producto son suficientes para causar malentendidos; proporcionar intencionalmente condiciones convenientes para el almacenamiento, transporte, envío postal, ocultación, etc. es una infracción del derecho exclusivo de registro. una marca registrada de otros. Si bien estos comportamientos adoptan diversas formas, todos causarán daño al derecho exclusivo de utilizar una marca registrada. Por lo tanto, también son actos que infringen el derecho exclusivo de utilizar una marca registrada. Los infractores deben asumir las responsabilidades legales correspondientes de acuerdo con el. ley. (Fuente: Red de Gobierno de Dezhou)
Objetividad legal:
De la expresión de este artículo, los cuatro elementos del mismo producto, la misma marca, productos similares y marcas similares son al menos Hay cuatro tipos de relaciones que implican infracción de marca: usar la misma marca en el mismo tipo de productos sin permiso; usar una marca similar en el mismo tipo de productos sin permiso; utilizar marcas similares en productos similares. Cabe señalar que estas cuatro relaciones no son tipos de infracción de marca. La clave para juzgar la infracción de marca sigue siendo si constituye "confusión" o "confusión". Por tanto, la lógica correcta para aplicar el artículo 57 de la Ley de Marcas es que “usar la misma marca en los mismos productos” sin autorización se presume suficiente para causar confusión y constituir infracción, salvo prueba en contrario; la misma o similar marca comercial en productos similares sin permiso no necesariamente genera confusión "usar la misma o similar marca comercial en productos similares" sin permiso sólo constituirá una infracción de marca registrada si es suficiente para causar confusión; Al mismo tiempo, al identificar "productos similares" y "bienes similares", la Clasificación y el Cuadro de Clasificación de Niza pueden utilizarse efectivamente como base para una presunción objetiva: los productos que pertenecen a la misma clase en el Cuadro y la Clasificación de Niza son se presume que constituyen "bienes similares", a menos que exista prueba en contrario; si son productos similares en la Clasificación de Niza y en la Lista de Clasificación, se presume que constituyen "bienes similares" a menos que exista prueba en contrario; se refiere a los bienes involucrados en la disputa marcaria por sus funciones, usos, departamentos de producción, canales de venta, consumidores, evidencia de competencia o sustitución y por ser identificados como "bienes similares" o "bienes similares". El artículo 57 de la Ley de Marcas de mi país estipula que “sin el permiso del titular de la marca, utilizar una marca que sea igual a su marca registrada en el mismo tipo de productos”, “usar una marca que sea similar a su marca registrada en el mismo tipo de productos” mismo tipo de productos, o uso El uso de una marca que es igual o similar a su marca registrada en productos similares puede fácilmente causar confusión", lo que constituye una infracción de marca. El artículo 57 de la Ley de Marcas de mi país estipula que “sin el permiso del titular de la marca, utilizar una marca que sea igual a su marca registrada en el mismo tipo de productos”, “usar una marca que sea similar a su marca registrada en el mismo tipo de productos” mismo tipo de productos, o uso El uso de una marca que es igual o similar a su marca registrada en productos similares puede fácilmente causar confusión", lo que constituye una infracción de marca. Entre ellos, siempre existe un problema lógico entre la identificación de "productos similares" y la teoría de la "confusión" de la infracción de marcas. Este artículo analiza la lógica correcta de identificar "bienes similares" (incluidos servicios) sin superficialidad, con el fin de buscar asesoramiento de expertos.
En la teoría de la "confusión" de la infracción de marcas, la "confusión" se refiere a la mala comprensión por parte de los consumidores de la fuente o los aspectos relacionados de los bienes o servicios. El artículo 11 de las "Interpretaciones sobre varias cuestiones relativas a la aplicación de la ley en los juicios de casos civiles de marcas" del Tribunal Supremo Popular (Interpretación Fa [2002] Nº 32) define "bienes similares" como "productos similares en función, finalidad y producción". departamento, canal de ventas, consumo Productos que son idénticos en otros aspectos, o que son fácilmente confundidos por el público relevante." Por lo tanto, existe la opinión de que la "confusión" es el estándar para identificar "marcas similares" y "la confusión es el principio básico para distinguir "productos similares". En la práctica judicial, también hay muchas sentencias que apoyan el uso de "confusión" para determinar si los "bienes similares" están constituidos como "estándar". Sin embargo, utilizar la "confusión" como criterio para identificar "bienes similares" implica graves bucles lógicos y una inversión de causa y efecto: la identificación de la confusión depende de si los productos o servicios son similares; la confusión es también un criterio para medir si los productos son similares; o servicios son similares. Algunos estudiosos intentan resolver este problema lógico distinguiendo los objetos de confusión. Creen que la "confusión" al identificar "bienes similares" se refiere a confusión sobre la fuente de producción, y la "confusión" al identificar una infracción de marca se refiere a confusión sobre el valor de uso de los productos". Pero el problema es, "la confusión sobre el fuente de producción". A veces es difícil distinguir de la "confusión sobre el valor de uso de los bienes", y solo depende de la fuente de producción. Para resolver el problema lógico anterior, la clave es fabricar "bienes similares" y " confusión" los factores que deben considerarse al juzgar la infracción de marcas, y dejarlo claro. La "confusión" es el estándar para juzgar la infracción de marcas, no el estándar para identificar "productos similares". bienes no es una cuestión de sí o no, sino de grado. "En la identificación de "productos similares", si "similar" es una pregunta de "sí" o "no", entonces el juicio de "productos similares" a la infracción de marca es una pregunta objetiva y tipificada, es decir, siempre que exista El uso de la misma marca o de una marca similar en productos similares sin permiso constituye una infracción. Si "productos similares" son sólo uno de los elementos para determinar la infracción de una marca, entonces los "productos similares" entre productos sólo aumentan la posibilidad de confusión. No conduce definitivamente a confusión, ni conduce necesariamente a una infracción de marca. El hecho de que constituya una infracción de marca depende en última instancia de si existe evidencia que demuestre la existencia de "confusión real" o "confusión". Se considera confusión". Se trata de una infracción de marca y no de "bienes similares". Según el artículo 12 de las "Interpretaciones sobre varias cuestiones relativas a la ley aplicable en el juicio de disputas civiles sobre marcas" del Tribunal Popular Supremo, la "Clasificación Internacional de Marcas Registro de Bienes y Servicios" (en adelante, la "Clasificación de Niza"). ") y la "Lista de Clasificación de Bienes y Servicios Similares" (en adelante, la "Lista de Clasificación") son la "referencia" para identificar "productos similares" mercancías", pero no la base. Otro significado de "referencia" es que en procedimientos judiciales puede utilizarse como referencia. La Clasificación de Niza y la Lista Divisional se utilizan como normas objetivas para inferir la similitud de mercancías, es decir, si los productos con la marca en cuestión pertenecen a grupos similares en la Clasificación de Niza y en la Lista Divisional, se presume que constituyen productos similares, a menos que existan otras pruebas que demuestren que los productos con la marca en cuestión no son productos similares. El valor de aclarar. Esto en los procedimientos judiciales es: en primer lugar, aumenta la certeza y previsibilidad de las sentencias por infracción de marcas y mejora la credibilidad judicial. Si la sentencia de "productos similares" se basa completamente en estándares subjetivos, diferentes jueces tendrán diferentes perspectivas, lo que hace que la sentencia de. "bienes similares" llenos de subjetividad. Los "bienes similares" son uno de los factores importantes para determinar la infracción de marcas. El juicio sobre "bienes similares" será subjetivo para aumentar la certeza y previsibilidad de las sentencias sobre infracción de marcas, emitiendo juicios judiciales sobre infracción de marcas. un "camaleón" a los ojos del público, lo que afecta la credibilidad judicial. En segundo lugar, si el juicio de "bienes similares" se determina únicamente por estándares subjetivos, mejorará durante el proceso judicial, el juez debe juzgar uno por. uno de los muchos factores que afectan la determinación de "productos similares". Sin embargo, si la tabla de clasificación de Niza se utiliza como estándar objetivo para inferir la similitud de productos, el juez puede hacer la inferencia directamente basándose en la tabla de clasificación de Niza sin ningún otro. requisitos de prueba La Clasificación de Niza y el Cuadro de Clasificación se consideran el estándar objetivo para presumir "bienes similares", negando el estándar subjetivo para identificar "bienes similares". Por el contrario, la identificación de "bienes similares" depende en última instancia de varios. y métodos integrales. En la práctica judicial de nuestro país, muchas sentencias se basan en "uso auxiliar o complementario funcional", "uso coordinado o de apoyo", "productos y piezas", "materias primas o herramientas", "competencia entre bienes". " y otros aspectos han identificado "bienes similares", que es un estándar subjetivo del que vale la pena aprender.
Al mismo tiempo, la aplicación del criterio subjetivo de "bienes similares" también puede referirse a los siguientes puntos: en primer lugar, cuanto mayor sea la similitud de los productos, más fácil será causar confusión entre los consumidores. Cuanto mayor sea la similitud de los productos en disputa, mayor será la posibilidad de confundir a los consumidores y mayor la probabilidad de que se determine que cometen una infracción. Al mismo tiempo, cuanto mayor es la similitud de los productos en disputa, menos pruebas tiene el demandante para probar otros factores que afectan el juicio subjetivo sobre "la posibilidad de confundir a los consumidores". En segundo lugar, el propio reconocimiento de “productos similares” no debería tener en cuenta la popularidad de la marca en litigio. Los "bienes similares" son uno de los factores que deben considerarse al determinar la infracción de una marca, y la popularidad de la marca en disputa también es uno de los factores que deben considerarse al determinar la infracción de la marca. No existe una relación causal entre los dos. Cuanto mayor sea la marca notoriamente conocida, mayor será la probabilidad de confusión para el consumidor, independientemente de la similitud de los productos en disputa. No es apropiado utilizar una marca notoriamente conocida para ampliar el alcance de productos similares. Además, China adopta protección entre clases para las marcas registradas notoriamente conocidas. Si el alcance de los "productos similares" puede ampliarse en función del grado de notoriedad de la marca, entonces la protección entre clases de las marcas notoriamente conocidas no tendrá sentido.