Red de Respuestas Legales - Derecho de bienes - En la legislación e interpretaciones judiciales de nuestro país existen sistemas claramente definidos (). a. Identificación b. Preservación del orden público c. Identificación de leyes extranjeras d. Elusión de la leyRespuesta: Artículo 150 del BCD de los "Principios Generales del Derecho Civil" de mi país y artículo 268 de la "Ley de Procedimiento Civil". "estipular que público En cuanto al sistema de preservación del orden, el artículo 193 de las Opiniones sobre los principios generales del derecho civil estipula el método de identificación del derecho extranjero; el artículo 194 de esta Opinión estipula el efecto de la elusión legal. Sin embargo, no existen disposiciones claras sobre determinación en la legislación ni en las interpretaciones judiciales de nuestro país.

En la legislación e interpretaciones judiciales de nuestro país existen sistemas claramente definidos (). a. Identificación b. Preservación del orden público c. Identificación de leyes extranjeras d. Elusión de la leyRespuesta: Artículo 150 del BCD de los "Principios Generales del Derecho Civil" de mi país y artículo 268 de la "Ley de Procedimiento Civil". "estipular que público En cuanto al sistema de preservación del orden, el artículo 193 de las Opiniones sobre los principios generales del derecho civil estipula el método de identificación del derecho extranjero; el artículo 194 de esta Opinión estipula el efecto de la elusión legal. Sin embargo, no existen disposiciones claras sobre determinación en la legislación ni en las interpretaciones judiciales de nuestro país.