¿Cuáles son las disposiciones legales para las empresas de propiedad totalmente estatal?
La "Ley de Sociedades" estipula que los estatutos de una empresa íntegramente estatal serán formulados por el organismo de supervisión y administración de activos estatales, o podrán ser formulados por el consejo de administración y presentados. al organismo de supervisión y administración de bienes del Estado para su aprobación.
Las empresas de propiedad íntegramente estatal no cuentan con asambleas de accionistas, y los órganos de supervisión y administración de los activos estatales ejercen sus facultades. Una empresa de propiedad totalmente estatal establecerá un consejo de administración y ejercerá sus facultades de conformidad con la ley. Una empresa de propiedad íntegramente estatal tendrá un gerente que será nombrado o destituido por el consejo de administración.
Sin el consentimiento del organismo de supervisión y administración de activos estatales, el presidente, vicepresidente, directores y altos directivos de una empresa íntegramente estatal no podrán desempeñar cargos concurrentes en otras sociedades de responsabilidad limitada, sociedades anónimas u otras organizaciones económicas.
El consejo de supervisión de una empresa de propiedad íntegramente estatal deberá tener al menos cinco miembros, de los cuales la proporción de representantes de los trabajadores no será inferior a un tercio. La proporción específica se estipulará en el reglamento de la empresa. estatutos.
Base Legal
El artículo 64 de la “Ley de Sociedades Anónimas”, la constitución y organización de una empresa íntegramente de propiedad estatal se regirá por lo dispuesto en este apartado en caso de no existir; disposición de esta sección, se aplicará lo dispuesto en la Sección 1 y 1 de este capítulo.
El término "empresa de propiedad totalmente estatal" tal como se utiliza en esta Ley se refiere a una sociedad de responsabilidad limitada financiada exclusivamente por el estado y autorizada por el Consejo de Estado o el gobierno popular local para desempeñar las funciones de inversionista.