¿Qué obligaciones debe cumplir legalmente un marido?
Los capítulos sobre derecho matrimonial y relaciones familiares estipulan lo siguiente:
Artículo 13: El marido y la mujer tienen igual estatus en la familia.
Artículo 14 Tanto el marido como la mujer tienen derecho a utilizar su propio nombre.
Artículo 15 Tanto el marido como la mujer tienen libertad de participar en la producción, el trabajo, el estudio y las actividades sociales, y ninguna de las partes restringirá o interferirá con la otra.
Artículo 16 Tanto el marido como la mujer tienen la obligación de practicar la planificación familiar.
Artículo 17 Serán de propiedad conjunta del marido y la mujer los siguientes bienes adquiridos por el marido y la mujer durante el matrimonio:
(1) Salarios y bonificaciones
<; p>(2) ) Ingresos provenientes de operaciones productivas y comerciales;(3) Ingresos por derechos de propiedad intelectual;
(4) Bienes heredados o donados, excepto lo dispuesto en el Párrafo 3 del artículo 18 de esta Ley;
(5) Los demás bienes que deban pertenecer a * * *.
El marido y la mujer tienen iguales derechos sobre todos los bienes.
Artículo 18 Si concurre alguna de las circunstancias siguientes, serán bienes de uno de los cónyuges:
(1) Los bienes prematrimoniales de una de las partes;
(2) Gastos médicos, subsidios de subsistencia para personas discapacitadas, etc. Obtenido por una de las partes debido a una lesión física;
(3) Bienes determinados que pertenecen únicamente al esposo o la esposa en el testamento o contrato de donación;
(4) Necesidades diarias utilizadas exclusivamente por una de las partes;
(5) Otros bienes que deban pertenecer a una de las partes.
Artículo 19: El marido y la mujer podrán pactar que los bienes adquiridos durante el matrimonio y los bienes anteriores al matrimonio sean de su propiedad, en todo o en parte, o en parte. El acuerdo debe ser por escrito. Si no hay acuerdo o el acuerdo no es claro, se estará a lo dispuesto en los artículos 17 y 18 de esta Ley.
El acuerdo entre marido y mujer sobre los bienes adquiridos durante el matrimonio y los bienes anteriores al matrimonio será vinculante para ambas partes.
El marido y la mujer acuerdan que los bienes adquiridos durante el matrimonio serán propiedad del otro. Si un tercero tiene conocimiento de este acuerdo, deberá liquidar todos los bienes propiedad de los cónyuges.
Artículo 20: El marido y la mujer tienen la obligación de sustentarse mutuamente.
Cuando una de las partes incumple sus obligaciones alimentarias, la parte que necesita manutención tiene derecho a exigir a la otra parte que pague la manutención.
Artículo 21: Los padres tienen la obligación de criar y educar a sus hijos; los hijos tienen la obligación de sustentar y sustentar a sus padres.
Cuando los padres incumplen sus obligaciones de manutención de los hijos, los menores o niños que no pueden vivir de forma independiente tienen derecho a exigir a sus padres el pago de la manutención de los hijos.
Los padres que no pueden trabajar o tienen dificultades para vivir tienen derecho a exigir a sus hijos el pago de una pensión alimenticia cuando estos no cumplen con sus obligaciones alimentarias.
Está prohibido el ahogamiento infantil, el abandono y otras conductas que perjudiquen a los bebés.
Artículo 22 Los hijos pueden llevar el apellido de su padre o el de su madre.
Artículo 23 Los padres tienen derechos y obligaciones de proteger y educar a sus hijos menores. Cuando los hijos menores causen daños al país, a colectividades u otros, los padres están obligados a asumir la responsabilidad civil.
Artículo 24 El marido y la mujer tienen derecho a heredar recíprocamente.
Padres e hijos tienen derecho a heredar unos a otros.
Artículo 25: Los hijos nacidos fuera del matrimonio tienen los mismos derechos que los nacidos dentro del matrimonio, y nadie podrá dañarlos ni discriminarlos.
El padre o la madre biológica que no críe directamente a un niño nacido fuera del matrimonio correrá con los gastos de manutención y educación del niño hasta que pueda vivir de forma independiente.
Artículo 30: Los hijos deben respetar los derechos matrimoniales de sus padres y no interferirán con el nuevo matrimonio de sus padres y la vida después del matrimonio. La obligación de los hijos de mantener a sus padres no termina por cambios en la relación matrimonial de estos.