Red de Respuestas Legales - Derecho de bienes - ¿Cómo afrontar el desempleo?

¿Cómo afrontar el desempleo?

Subjetividad legal:

1. Dentro de los 30 días siguientes a la fecha del desempleo, debo acudir al departamento (oficina) de asuntos laborales y de seguridad de la localidad (calle) donde se encuentra el registro de mi hogar para solicitar una pensión. certificado de desempleo o restablecer la situación de desempleo. 2. Diríjase al "área de servicio de seguro de desempleo" de la oficina de trabajo y seguridad social del condado o distrito para registrarse para el seguro de desempleo con los documentos pertinentes. Artículo 44 de la Ley del Seguro Social: Los empleados participarán en el seguro de desempleo, y los empleadores y empleados pagarán las primas del seguro de desempleo de conformidad con las reglamentaciones nacionales. Artículo 45 Las personas desempleadas que cumplan las siguientes condiciones recibirán beneficios del seguro de desempleo del fondo del seguro de desempleo: (1) El empleador y el individuo pagaron primas acumuladas del seguro de desempleo durante un año antes del desempleo (2) El empleo fue interrumpido no debido a la testamento del individuo; (3) Quienes se hayan registrado como desempleados y tengan requisitos laborales.

Objetividad jurídica:

Artículo 46 de la "Ley del Seguro Social": una persona desempleada que ha pagado cotizaciones propias y de su empleador durante un año pero menos de cinco años antes de perder su el período máximo para recibir las prestaciones del seguro de desempleo es de doce meses si el pago acumulado es superior a diez años; el período máximo para recibir las prestaciones del seguro de desempleo es de dieciocho meses; El período máximo para recibir las prestaciones del seguro de desempleo es de dos catorce meses. Si vuelve a quedar desempleado después de volver a trabajar, se volverá a calcular el período de pago y el período para recibir los beneficios del seguro de desempleo se combinará con el período para recibir los beneficios del seguro de desempleo que debería haber recibido pero no recibió durante el período de desempleo anterior. , y el período más largo no excederá de 24 meses.