Disposiciones legales sobre controles prenatales para empleadas
Base jurídica: Disposiciones especiales sobre protección laboral para las empleadas
Artículo 6 Si una empleada no puede adaptarse al trabajo original durante el embarazo, el empleador reducirá su trabajo en función del certificado. de la institución médica. Medir u organizar otro trabajo apropiado.
Para las empleadas que tengan más de 7 meses de embarazo, el empleador no ampliará la jornada laboral ni organizará turnos nocturnos, y dispondrá un determinado período de descanso durante la jornada laboral. Si una empleada embarazada se somete a control prenatal durante el horario laboral, el tiempo requerido se incluirá en el horario laboral.
Artículo 7 Las empleadas disfrutan de 98 días de licencia de maternidad, de los cuales 15 días pueden disfrutarse antes del parto; en caso de parto difícil, se conceden 15 días de licencia de maternidad adicionales en caso de parto múltiple; , la baja por maternidad podrá incrementarse en 15 días por cada bebé adicional. Las empleadas que sufran un aborto espontáneo antes de los cuatro meses de embarazo tienen derecho a 15 días de licencia de maternidad; las que sufran un aborto espontáneo después de los cuatro meses de embarazo tienen derecho a 42 días de licencia de maternidad.