Medidas para la Gestión Centralizada de Fondos de Empresas Públicas
Base jurídica: "Medidas provisionales para la gestión del capital estatal y los asuntos financieros de las empresas"
Artículo 4 Las empresas deben aclarar los derechos de propiedad, racionalizar y estandarizar los fondos y las finanzas de conformidad con los requisitos para establecer un sistema empresarial moderno de relaciones gestionadas.
Si una empresa tiene filiales, debe establecer un sistema de gestión financiera y de fondos para las empresas matrices y filiales. La empresa matriz será responsable de las filiales dentro del límite de su aporte de capital.
Artículo 5 El término "capital de propiedad estatal", tal como se menciona en estas Medidas, se refiere a diversas formas de inversión estatal en empresas y a los derechos e intereses formados por la inversión, así como a otros derechos e intereses reconocidos como propios. por el Estado de conformidad con la ley.
El término “autoridades financieras competentes”, tal como se menciona en estas Medidas, se refiere a los departamentos financieros de los gobiernos populares en todos los niveles responsables de la gestión del capital estatal y las finanzas de las empresas. Entre ellos: el organismo financiero encargado de las empresas gestionadas centralmente se refiere al Ministerio de Finanzas; el organismo financiero encargado de las empresas gestionadas localmente se refiere al departamento financiero local del mismo nivel.
El término "sociedad matriz", tal como se menciona en estas Medidas, se refiere a diversas empresas del grupo, casas matrices e instituciones autorizadas por el Estado para la inversión directa de capital estatal.
Las filiales mencionadas en estas Medidas se refieren a empresas con inversión directa o administradas directamente por la empresa matriz y controladas por los gobiernos populares en todos los niveles.