Red de Respuestas Legales - Derecho de bienes - ¿Cuáles son los requisitos necesarios para ser un tercero de buena fe? ¿Cómo dividir responsabilidades en disputas por contratos de compraventa de viviendas?

¿Cuáles son los requisitos necesarios para ser un tercero de buena fe? ¿Cómo dividir responsabilidades en disputas por contratos de compraventa de viviendas?

1. Un tercero de buena fe, es decir, un tercero que desconoce la verdadera situación de ambas partes en una relación jurídica, suele referirse al titular del derecho registrado desinformado en una transacción ilegal.

Condición suspensiva significa que el tercero es de buena fe.

2. La división de responsabilidades en las disputas sobre contratos de compraventa de viviendas está estipulada por la ley:

Capítulo 9, Artículo 106 de la "Ley de Derechos de Propiedad"

Personas sin derecho a disponer Si los bienes inmuebles o muebles se transfieren a un cesionario, el propietario tiene derecho a recuperarlos, a menos que la ley disponga lo contrario, el cesionario obtiene la propiedad de los bienes inmuebles o muebles bajo cualquiera de las siguientes condiciones; circunstancias:

Cesionario La persona acepta el inmueble o bien mueble de buena fe

(2) La transferencia es a un precio razonable

(3; ) Se ha registrado el inmueble o bien mueble transferido que debe inscribirse conforme a la ley, y se ha entregado al cesionario el inmueble o bien mueble transferido que no requiere inscripción.

Si el cesionario obtiene la propiedad de bienes inmuebles o muebles de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior, el propietario original tiene derecho a exigir una indemnización a quien no tiene derecho a disponer de ellos.

Si las partes adquieren de buena fe otros derechos reales, se aplicará mutatis mutandis lo dispuesto en los dos párrafos anteriores.

El párrafo 3 del Capítulo 9, Artículo 106 de la "Ley de Derechos de Propiedad" estipula: "Si una parte adquiere de buena fe otros derechos de propiedad, remítase a lo dispuesto en los dos párrafos anteriores. Otros derechos de propiedad que se puede adquirir de buena fe tener prenda, gravámenes, derechos de propiedad, derechos de administración de contratos de tierras, servidumbres, derechos de propiedad, derechos de uso de tierras para construcción y derechos hipotecarios, salvo que la ley disponga lo contrario.