Término de la primera protección de marca
El período de validez de una marca registrada es de diez años, contados a partir de la fecha de aprobación del registro. El artículo 39 de la Ley de Marcas estipula que una marca registrada tiene una validez de diez años, contados a partir de la fecha de aprobación del registro. Artículo 40: Si una marca registrada caduca y es necesario seguir utilizándola, el titular del registro de la marca deberá realizar los trámites de renovación de conformidad con la reglamentación dentro de los doce meses anteriores a la expiración, si no realiza los trámites de renovación durante este período; , se le podrá conceder un plazo de indulgencia de seis meses. Cada renovación de registro tiene una vigencia de diez años, contados a partir del día siguiente al vencimiento del plazo de vigencia anterior de la marca. Si al vencimiento no se completan los trámites de renovación, la marca registrada quedará cancelada. La Oficina de Marcas anunciará la renovación de las marcas registradas.