Las últimas leyes de compensación por alcohol.
Las últimas disposiciones legales sobre compensación por consumo de alcohol se basan en las disposiciones pertinentes del Código Civil:
Artículo 164 Esta parte regula las relaciones civiles que surgen de la infracción de derechos e intereses civiles.
Artículo 165 Si un actor causa daño por infracción indebida de los derechos e intereses civiles de otros, incurrirá en responsabilidad extracontractual.
Según las disposiciones legales, se presume que el autor tiene culpa y si no puede probar que no tiene culpa, incurrirá en responsabilidad extracontractual.
Artículo 66 Si un actor causa daño a los derechos e intereses civiles de otros, independientemente de si el actor tiene culpa o no, si la ley estipula que el actor debe asumir responsabilidad extracontractual, tales disposiciones prevalecerán .
¿Artículo 167? Si una infracción pone en peligro la seguridad personal o de la propiedad de otros, la parte infractora tiene derecho a solicitar al infractor que asuma la responsabilidad extracontractual, como detener la infracción, eliminar obstáculos y eliminar el peligro.
En segundo lugar, lo dispuesto en el Código Civil sobre responsabilidad extracontractual
Artículo 168 Si dos o más personas infringen y causan daño a otras conjuntamente, responderán solidariamente.
Artículo 169: El que instigue o ayude a otro a cometer una infracción, responderá solidariamente con el autor.
Quien instigue o ayude a una persona sin capacidad para la conducta civil o a una persona con capacidad para la conducta civil limitada a cometer una infracción, incurrirá en responsabilidad extracontractual si es tutor de una persona sin capacidad para la conducta civil o de una persona sin capacidad para la conducta civil; persona con capacidad limitada para la conducta civil no cumple con sus deberes tutelares, será responsable de la infracción que le corresponda.
Artículo 170: Si dos o más personas cometen un acto que pone en peligro la seguridad personal o patrimonial de otras, y el acto de una o más de ellas causa daño a otras, y si se puede identificar al infractor concreto , el infractor será responsable si no se puede identificar al infractor específico, el autor será solidario;
Artículo 171: Si dos o más personas cometen separadamente actos infractores y causan el mismo daño a la papa, y los actos infractores de cada uno son suficientes para causar todo el daño, los infractores responderán solidariamente. .
Artículo 172: Si dos o más personas cometen actos ilícitos por separado y causan el mismo daño, y se puede determinar el grado de responsabilidad, asumirán las responsabilidades correspondientes si es difícil determinar el grado de responsabilidad; , las responsabilidades se repartirán por igual.