Red de Respuestas Legales - Derecho de bienes - ¿Qué leyes se aplican al arbitraje comercial internacional?

¿Qué leyes se aplican al arbitraje comercial internacional?

El artículo 7 de la Convención Europea sobre Arbitraje Comercial Internacional de 1961 estipula: “Las partes podrán decidir mediante acuerdo la ley sustantiva aplicable a la controversia entre los árbitros. Si las partes no deciden la ley aplicable, el árbitro podrá aplicar una determinada ley de conformidad. con las disposiciones de las normas de conflicto que estime aplicables. En cualquiera de los casos, el árbitro tendrá en cuenta los términos del contrato y la práctica comercial.

2. Los párrafos 1 y 3 del artículo 33 de las Reglas de Arbitraje de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (1976) establecen lo siguiente:

“(1) El tribunal arbitral aplicará el acuerdo previo de las partes Especifique el derecho sustantivo aplicable a la controversia. Si las partes no lo especifican, el tribunal arbitral seguirá la ley que determine las normas de conflicto de leyes que considere apropiadas.

(2) En todo caso, el tribunal arbitral deberá seguir los términos del contrato y dictar el laudo teniendo en cuenta las prácticas comerciales aplicables a la transacción."

Además, el artículo 13, párrafos 3 y 5, del. el Reglamento de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional y el Reglamento de Arbitraje de la Comisión Interamericana de Arbitraje, los párrafos 1 y 3 del artículo 33 también contienen disposiciones similares.

3. El artículo 12 del "Reglamento Uniforme de Arbitraje de la Cámara de Comercio de los Estados Miembros del Consejo de Asistencia Económica Mutua" sólo estipula que "el tribunal arbitral resolverá las controversias de conformidad con el derecho sustantivo". estipulado en los términos del contrato y con referencia a las prácticas comerciales." Sin embargo, cuando las partes no lo estipulen expresamente en el contrato, el tribunal arbitral podrá aplicar las normas de conflicto de leyes que considere aplicables para determinar la aplicación del derecho sustantivo.

4. El artículo 42, párrafo 1, del Convenio de 1965 sobre Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones entre un Estado y Nacionales de Otro Estado estipula que “el tribunal decidirá la controversia de conformidad con las normas jurídicas adoptadas por las partes. Si las partes a falta de acuerdo entre las partes, el tribunal aplicará las leyes de la parte contratante en la controversia (incluidas las normas sobre conflictos de leyes) y los principios internacionales al respecto.”