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Normativa nacional sobre bajas laborales del profesorado

Análisis jurídico: La normativa estatal sobre licencias por enfermedad de los docentes públicos es la siguiente: 1. Si un empleado está enfermo por menos de tres meses, el salario se pagará como de costumbre durante la licencia por enfermedad. 2. Si un empleado está enfermo por más de tres meses, se le pagará de acuerdo con las siguientes normas a partir del cuarto mes: (1) Si el empleado ha trabajado menos de diez años, se le pagará el salario como de costumbre; (2) Para aquellos que hayan trabajado durante diez años, se le pagará el salario como de costumbre; habitual. 3. Si un miembro del personal toma licencia por enfermedad por más de seis meses, se le pagará de acuerdo con las siguientes normas a partir del séptimo mes: (1) Si el empleado ha trabajado durante 30 años o más, se le pagará se le pagará el 100% de su salario original (2) Si el empleado ha trabajado durante 20 años o más, se le pagará de acuerdo con las siguientes normas: se le pagará el 90% del salario original;

Base jurídica: Disposiciones sobre el período de tratamiento médico para los empleados de una empresa que están enfermos o lesionados no debido al trabajo Artículo 3 Si un empleado de una empresa está enfermo o lesionado no debido al trabajo y necesita dejar de trabajar. para tratamiento médico, el período se basará en sus años de trabajo reales y su empleo en la unidad. Con base en los años de trabajo, se otorga un período médico de tres meses a 24 meses: (1) Si los años de trabajo reales son menos de. diez años, los años de trabajo en la unidad son inferiores a cinco años, para quienes hayan trabajado en la unidad durante más de cinco años, seis meses; (2) Seis meses si los años efectivos de trabajo son superiores a diez años, pero inferiores a cinco años en la unidad, nueve meses entre cinco años y doce meses entre diez años y quince meses. Un año de veinte años; y dieciocho meses; un año de más de veinte años es veinticuatro meses.

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