Red de Respuestas Legales - Derecho de bienes - ¿Cuál es la diferencia entre el representante legal y las partes en un litigio civil? Además, ¿son iguales el estatus y la naturaleza de los representantes legales en los procesos penales y en los procesos civiles?

¿Cuál es la diferencia entre el representante legal y las partes en un litigio civil? Además, ¿son iguales el estatus y la naturaleza de los representantes legales en los procesos penales y en los procesos civiles?

En el litigio civil, la diferencia entre el representante legal y las partes es que la parte es el sujeto del caso y el representante legal se refiere a la persona que tiene la custodia. El artículo 14 de los Principios Generales del Derecho Civil estipula que el tutor de una persona sin capacidad para actuar civilmente o de una persona con capacidad limitada para actuar civilmente es su representante legal. Si los padres son menores de edad ¿se les llama representantes legales? .

Artículo 16 Los padres de un menor son los tutores del menor. Nota: Si los padres de un menor han fallecido o no tienen tutor, uno de los siguientes tutores calificados será el tutor: abuelos y hermanas mayores, otros parientes cercanos y amigos que estén dispuestos a asumir responsabilidades de tutela deberán ser aprobados por la unidad donde; Los padres del menor trabajan o la unidad donde trabajan los padres del menor. El comité de residentes y el comité de aldea de la residencia del adulto están de acuerdo. Si hay disputa sobre el nombramiento de un tutor, el tutor será designado por la unidad donde trabajan los padres del menor o por el comité de barrio o el comité de aldea de la residencia del menor entre parientes cercanos. Si se interpusiera demanda contra la designación, la decisión corresponderá al Tribunal Popular. Si no hay ningún tutor especificado en los párrafos 1 y 2, actuará como tutor la unidad donde trabajan los padres del menor o el comité de residentes, el comité de aldea o el departamento de asuntos civiles de la residencia del menor. Artículo 17 El enfermo mental que no tiene capacidad para la conducta civil o tiene capacidad limitada para la conducta civil es el tutor de las siguientes personas: cónyuge, padres, otros parientes cercanos y amigos que estén dispuestos a asumir la tutela; Las responsabilidades serán, a través de la unidad donde trabaja el paciente mental, o el comité de residentes o el comité de aldea del lugar de residencia lo acuerda. En caso de controversia sobre el nombramiento de un tutor, éste será designado por la unidad donde trabaja el enfermo mental o por el comité de residentes o el comité de aldea del lugar donde viven sus parientes cercanos. Si se interpusiera demanda contra la designación, la decisión corresponderá al Tribunal Popular. Si no hay un tutor especificado en el párrafo 1, actuará como tutor la unidad donde trabaja el paciente mental o el comité de residentes, el comité de aldea o el departamento de asuntos civiles del lugar de residencia. El estatuto y la naturaleza de la representación legal son los mismos en todos los casos.