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Regulaciones administrativas de aplicación de la ley en casos de terremotos

Capítulo 1 Disposiciones generales Artículo 1 Con el fin de fortalecer la aplicación de la ley administrativa de terremotos, estandarizar la aplicación de la ley administrativa de terremotos y proteger los derechos e intereses legítimos de los ciudadanos, personas jurídicas y otras organizaciones, estas regulaciones se formulan de acuerdo con las leyes y regulaciones nacionales pertinentes. Artículo 2 La aplicación de la ley administrativa contra terremotos se refiere al departamento a cargo del trabajo sísmico dependiente del Consejo de Estado y los departamentos o instituciones responsables del trabajo sísmico bajo los gobiernos populares locales en o por encima del nivel del condado (en adelante, las agencias administrativas de aplicación de la ley contra terremotos). ), así como las instituciones u organizaciones encargadas de llevar a cabo la aplicación de la ley administrativa en caso de terremotos. Las disposiciones de las leyes, reglamentos y normas de reducción de desastres, y las acciones administrativas específicas implementadas de conformidad con la autoridad y los procedimientos legales. Artículo 3 Las agencias, instituciones u organizaciones encargadas de hacer cumplir la ley administrativa de terremotos y su personal encargado de hacer cumplir la ley deben cumplir con estas regulaciones al llevar a cabo actividades de aplicación de la ley administrativa de terremotos. Artículo 4 La aplicación de la ley administrativa en materia de terremotos debe seguir los principios de legalidad, equidad, apertura y oportunidad. Artículo 5 Las agencias administrativas de aplicación de la ley en casos de terremotos y su personal encargado de hacer cumplir la ley llevan a cabo actividades de aplicación de la ley administrativa en casos de terremotos de acuerdo con la ley y están protegidos por la ley estatal. Artículo 6 Los organismos administrativos encargados de hacer cumplir la ley en casos de terremotos de todos los niveles aceptarán la supervisión administrativa del gobierno popular en el mismo nivel y los organismos administrativos encargados de hacer cumplir la ley en casos de terremotos en el nivel superior. Capítulo 2 Sujetos de aplicación de la ley administrativa de terremotos Artículo 7 Los organismos de aplicación de la ley administrativa de terremotos en todos los niveles son sujetos de la aplicación de la ley administrativa de terremotos y realizan las siguientes funciones:

(1) Promover, popularizar, implementar y hacer cumplir las leyes , reglamentos y normas sobre prevención de terremotos y reducción de desastres;

(2) Formular un sistema administrativo de aplicación de la ley en caso de terremotos y organizar su implementación;

(3) Proporcionar opiniones y sugerencias al poder legislativo organismo para mejorar las leyes y regulaciones relevantes;

(4) Organizar capacitación y evaluación de la aplicación de la ley administrativa en caso de terremotos;

(5) Supervisar el trabajo de aplicación de la ley administrativa de la ley administrativa de terremotos de nivel inferior organismos de aplicación de la ley;

(6) Otros asuntos autorizados por leyes, reglamentos y normas Responsabilidades. Artículo 8 Los organismos de aplicación de la ley administrativa de terremotos podrán, según sea necesario, encomendar a organizaciones o instituciones pertinentes la aplicación de la ley administrativa de terremotos dentro del alcance de sus competencias.

El trabajo de aplicación de la ley administrativa contra terremotos en ciudades y condados que no han establecido agencias de trabajo contra terremotos será responsabilidad de la agencia de aplicación de la ley administrativa contra terremotos en el siguiente nivel superior, o se puede encomendar a las organizaciones o instituciones pertinentes. con la responsabilidad.

La agencia encargada será responsable de supervisar las acciones administrativas de aplicación de la ley en caso de terremotos llevadas a cabo por la organización o institución encargada, y será responsable de las consecuencias de dichas acciones; la organización encargada llevará a cabo la administración de terremotos en; el nombre de la agencia encargada dentro del alcance de las actividades de aplicación de la ley. Artículo 9 El personal que tiene calificaciones de aplicación de la ley administrativa de terremotos y realiza tareas de aplicación de la ley administrativa de terremotos de acuerdo con la ley es personal de aplicación de la ley administrativa de terremotos.

El personal encargado de hacer cumplir la ley administrativa sísmica debe cumplir las siguientes condiciones:

(1) adherirse a los cuatro principios básicos y cumplir con la ley;

(2) Tener buena ética profesional;

(3) Estar familiarizado con el trabajo de prevención de terremotos y reducción de desastres.

(4) Estar familiarizado con las leyes, reglamentos, normas y conocimientos legales relevantes; de prevención de terremotos y reducción de desastres. Capítulo 3 Jurisdicción para la aplicación de la ley administrativa en materia de terremotos Artículo 10 La aplicación de la ley administrativa en materia de terremotos estará sujeta a la jurisdicción regional.

La agencia de aplicación de la ley administrativa de terremotos del Consejo de Estado es responsable de gestionar, guiar y supervisar el trabajo nacional de aplicación de la ley administrativa de terremotos.

Las agencias locales de aplicación de la ley administrativa de terremotos a nivel de condado o superior son responsables de la gestión de la aplicación de la ley administrativa de terremotos dentro de sus propias regiones administrativas.

La organización o institución encargada deberá implementar la aplicación de la ley administrativa de terremotos dentro del alcance de su encomienda. Artículo 11 Si surge una disputa entre una agencia de aplicación de la ley administrativa de terremotos sobre la jurisdicción de aplicación de la ley, las dos partes la resolverán mediante negociación; si la negociación fracasa, la agencia de aplicación de la ley administrativa de terremotos en el nivel superior siguiente designará la jurisdicción; Artículo 12 Si la agencia administrativa de aplicación de la ley contra terremotos determina que el caso no está bajo su propia jurisdicción, lo transferirá a la agencia administrativa de aplicación de la ley contra terremotos con jurisdicción. La agencia que acepte el caso no transferirá ni rechazará el caso. Artículo 13 Si durante la investigación y tramitación de un caso, la agencia administrativa de aplicación de la ley de terremotos descubre que el acto ilegal ha constituido un delito, remitirá de inmediato el caso a la autoridad judicial para su procesamiento. Capítulo 4 Contenido de la aplicación de la ley administrativa en casos de terremotos Artículo 14 El contenido de la aplicación de la ley administrativa en casos de terremotos incluye:

(1) Inspección administrativa en casos de terremotos;

(2) Licencia administrativa en casos de terremotos;

(3) Confirmación administrativa por terremoto;

(4) Sanción administrativa por terremoto;

(5) Recompensa administrativa por terremoto;

(6) Ley, otras acciones administrativas de aplicación de la ley en casos de terremotos previstas en leyes y reglamentos. El artículo 15 La inspección administrativa de terremotos se refiere a las acciones administrativas específicas de los organismos administrativos encargados de hacer cumplir la ley en caso de terremotos para inspeccionar a ciudadanos, personas jurídicas u otras organizaciones para cumplir con las leyes, reglamentos y normas sobre prevención de terremotos y reducción de desastres, y para implementar decisiones y órdenes administrativas de terremotos. Artículo 16 La concesión de licencias administrativas en caso de terremotos se refiere a procedimientos administrativos específicos implementados por los organismos administrativos encargados de hacer cumplir la ley en casos de terremotos de conformidad con la ley sobre ciudadanos, personas jurídicas u otras organizaciones para permitirles ejercer ciertos derechos y participar en ciertas actividades mediante la emisión de certificados o mediante aprobación, registro. , reconocimiento, etc. Comportamiento. Artículo 17 La confirmación administrativa de terremotos se refiere al acto administrativo específico mediante el cual los organismos administrativos encargados de hacer cumplir la ley en casos de terremotos examinan, confirman o niegan y anuncian la condición jurídica, los derechos y las obligaciones de los ciudadanos, personas jurídicas u otras organizaciones en las actividades de prevención de terremotos y reducción de desastres de conformidad con con la ley. El artículo 18 Las sanciones administrativas por terremotos se refieren a acciones administrativas específicas mediante las cuales los organismos administrativos encargados de hacer cumplir la ley en casos de terremotos imponen sanciones a ciudadanos, personas jurídicas u otras organizaciones que violen las leyes, reglamentos y normas sobre prevención de terremotos y reducción de desastres. Artículo 19 Las recompensas administrativas por terremotos se refieren a acciones administrativas específicas mediante las cuales los organismos administrativos encargados de hacer cumplir la ley en caso de terremotos recompensan a los ciudadanos, personas jurídicas u otras organizaciones que implementan leyes, reglamentos y normas sobre prevención de terremotos y reducción de desastres y hacen contribuciones destacadas para reducir las pérdidas por desastres por terremotos.