Derechos de autor y uso de la Internacional
Copyright y uso de La Internacional: Las canciones de La Internacional eran de dominio público en Estados Unidos cuando fueron publicadas fuera de Estados Unidos a finales del siglo XIX, es decir, antes del 1 de julio de 1909. Esta canción es de dominio público en países y regiones donde el plazo de los derechos de autor es la vida del autor más 75 años o menos, incluida China, donde el plazo de los derechos de autor es la vida del autor más 50 años hasta el final del año. incluidos Hong Kong, Macao y Taiwán.
La persona natural, jurídica u organización sin personalidad jurídica que firma la obra es el autor, existiendo sobre la obra los derechos correspondientes, salvo prueba en contrario. Los autores y otros titulares de derechos de autor pueden registrar sus obras en agencias de registro reconocidas por las autoridades nacionales de derechos de autor.
Artículo 11 de la "Ley de Derecho de Autor de la República Popular China" Los derechos de autor pertenecen al autor, a menos que esta ley disponga lo contrario.
La persona física que crea una obra es el autor.
Para obras alojadas por una persona jurídica o una organización no incorporada, creadas en nombre de la voluntad de una persona jurídica o una organización no incorporada, y por las cuales la persona jurídica u organización no incorporada asume responsabilidad, la persona jurídica o la organización no constituida en sociedad se considerará autora.
Artículo 12 La persona natural, jurídica o jurídica que firma la obra es el autor, existiendo sobre la obra los derechos correspondientes, salvo prueba en contrario.
Los autores y otros titulares de derechos de autor pueden registrar sus obras en agencias de registro reconocidas por las autoridades nacionales de derechos de autor.
Lo dispuesto en los dos párrafos anteriores se aplicará en lo que respecta a los derechos relacionados con los derechos de autor.
Artículo 14 Para las obras creadas por colaboración entre dos o más personas, los derechos de autor serán compartidos por los coautores ***. Las personas que no participaron en la creación no pueden convertirse en coautores.
Los derechos de autor de una obra colaborativa serán ejercidos por los coautores mediante consenso si no se puede llegar a un consenso y no existe una razón legítima, ninguna parte impedirá a la otra ejercer otros derechos excepto la transferencia, licencia de uso exclusivo a otros y prenda, pero las ganancias deben distribuirse razonablemente a todos los coautores.
Si el trabajo colaborativo se puede dividir y utilizar, los autores pueden disfrutar de derechos de autor separados para las partes que crearon, pero no se deben infringir los derechos de autor de todo el trabajo colaborativo al ejercer los derechos de autor.
Artículo 49: Para proteger los derechos de autor y los derechos conexos, los titulares de los derechos podrán tomar medidas técnicas. Sin el permiso del titular de los derechos, ninguna organización o individuo podrá evitar o destruir intencionalmente medidas técnicas, no fabricará, importará ni proporcionará dispositivos o componentes pertinentes al público con el fin de evitar o destruir medidas técnicas, ni evitará intencionalmente o destruir medidas técnicas para otros. Medidas para proporcionar servicios técnicos. Sin embargo, quedan excluidas las circunstancias que puedan evitarse según las leyes y normas administrativas. El término "medidas técnicas" mencionado en esta Ley se refiere a tecnologías, dispositivos o dispositivos eficaces utilizados para impedir o restringir la navegación y la apreciación de obras, interpretaciones, productos de audio y video, o la prestación de obras, interpretaciones, productos de audio y video al público. a través de redes de información sin el permiso del titular del derecho.