La diferencia entre obligaciones de recompra y reclamaciones ordinarias
1. Forma de la deuda: La obligación de recompra significa que el deudor debe recomprar los derechos del acreedor al precio acordado dentro del tiempo acordado, disolviendo así la relación de deuda. Su característica es que la fecha de amortización y el precio de recompra se pactan de antemano en el contrato, y el deudor tiene una obligación clara de recompra. Los créditos ordinarios se refieren a los requisitos de deuda del acreedor contra el deudor, que pueden ser deuda monetaria, deuda física u otras formas de deuda.
2. Naturaleza de los créditos: Las obligaciones de recompra están relacionadas con operaciones de reporto en el mercado financiero. Una vez que el acreedor compra los derechos del acreedor, el deudor está obligado a recomprar los derechos del acreedor al precio acordado. Este tipo de deuda tiene alta liquidez y comerciabilidad. Los créditos ordinarios pueden ser créditos que surgen de diversas transacciones, contratos o relaciones jurídicas y no necesariamente tienen características similares a las operaciones de reporto en los mercados financieros.