Red de Respuestas Legales - Derecho de bienes - Medidas de gestión del sacrificio y las ventas de cerdos de Tianjin (revisión de 2015)

Medidas de gestión del sacrificio y las ventas de cerdos de Tianjin (revisión de 2015)

Artículo 1 Con el fin de fortalecer la gestión del sacrificio de cerdos, regular el orden de circulación de los productos porcinos y proteger la salud de las personas, de conformidad con el "Reglamento sobre la gestión del sacrificio de cerdos" del Consejo de Estado (Orden del Consejo de Estado No. 238, en adelante denominado el "Reglamento") y las leyes y reglamentos pertinentes, combinados con la situación real de esta ciudad, formulan estas medidas. Artículo 2 Todo aquel que sacrifique cerdos, venda y utilice productos porcinos dentro del área administrativa de esta ciudad deberá cumplir con este reglamento. Artículo 3 Esta ciudad implementa sacrificios designados, y las unidades e individuos que no hayan obtenido las calificaciones de sacrificio designadas no pueden sacrificar cerdos. A excepción de los agricultores de las zonas agrícolas, se alimentan, se matan y se comen solos. Artículo 4 El departamento administrativo municipal de ganadería y veterinaria será responsable de la supervisión y gestión del sacrificio y venta de cerdos dentro del área administrativa de este municipio.

Los departamentos administrativos veterinarios y de ganadería del distrito y condado son responsables de la supervisión y gestión del sacrificio y venta de cerdos dentro de sus respectivas áreas administrativas.

Los departamentos de industria y comercio, supervisión técnica, ganadería, sanidad, protección del medio ambiente, seguridad pública, finanzas, precios, etc. deberán coordinar y gestionar el sacrificio y venta de cerdos de acuerdo con sus respectivas responsabilidades. Artículo 5 El departamento administrativo municipal de ganadería y veterinaria, de acuerdo con los principios de planificación unificada, diseño racional y fortalecimiento de la cuarentena y la gestión, formulará un plan para el establecimiento de plantas (campos) de matanza de cerdos y organizará su implementación después de su aprobación. por el Gobierno Popular Municipal.

Los departamentos administrativos veterinarios y de cría de animales del distrito y del condado, con base en las condiciones de planificación y establecimiento de las plantas (campos) de sacrificio de cerdos en esta ciudad, trabajarán con los departamentos pertinentes para formular el plan de establecimiento del distrito. y las plantas (campos) de matanza de cerdos del condado, y presentarlo al distrito y al condado. Después de la aprobación del gobierno popular, la implementación se organizará y se informará al departamento administrativo municipal de circulación de productos para su archivo. Artículo 6 Los mataderos (campos) deberán cumplir las siguientes condiciones:

(1) La ubicación deberá estar alejada de la zona de protección de la fuente de agua superficial del agua potable y no obstaculizará ni afectará la vida de los residentes locales y actividades en lugares públicos;

(2) Hay una fuente de agua adecuada para la escala del sacrificio y la calidad del agua cumple con los estándares estipulados por el estado.

(3) Allí; son salas de espera, salas de sacrificio, salas de sacrificio de emergencia y salas de sacrificio de cerdos que cumplen con la normativa nacional;

(4) El proceso de sacrificio cumple con los requisitos de los "Procedimientos Operativos de Sacrificio de Cerdos". (GB/T 17236-1998) emitido por la Oficina Estatal de Supervisión Técnica;

(5) Equipo de inspección, instalaciones de desinfección, medicamentos desinfectantes e instalaciones de tratamiento de contaminantes necesarios;

(6 ) Contar con instalaciones para el tratamiento inofensivo de cerdos y productos porcinos;

(7) Equipadas con sala de preenfriamiento y almacenamiento en frío;

(8) Contar con condiciones de prevención de epidemias que cumplan con la Ley de Prevención de Epidemias Animales;

(9) Contar con técnicos de matadero que hayan obtenido certificados sanitarios de conformidad con la ley;

(10) Contar con carne calificada a tiempo completo o parcial personal de inspección de calidad;

(11) Cumplir con otras regulaciones relevantes del estado y de esta ciudad. Artículo 7 El establecimiento de mataderos (sitios) designados estará sujeto a un sistema de solicitud y aprobación.

Para solicitar la calificación de una planta de sacrificio designada (campo), se debe presentar una solicitud por escrito y los materiales pertinentes al departamento administrativo veterinario y de cría de animales del distrito o condado local. El departamento administrativo veterinario comenzará a partir de la fecha de recepción de la solicitud dentro de los 15 días, será revisada junto con los departamentos pertinentes y presentada al gobierno popular del distrito o condado para su aprobación.

Dentro del anillo exterior de esta ciudad, no se permiten nuevos mataderos (campos), excepto aquellos designados por el departamento municipal de administración veterinaria y ganadera. Artículo 8 A un matadero (sitio) designado se le expedirá una marca de matadero (sitio) designado. Las marcas de sacrificio son emitidas uniformemente por el departamento administrativo veterinario y de ganadería municipal y emitidas por la autoridad de aprobación.

El matadero (campo) debe colgarse en un lugar destacado. Artículo 9 Está prohibido falsificar, alterar, comprar, vender, alquilar o prestar de cualquier forma los carteles designados para el sacrificio. Artículo 10 Los mataderos (campos) designados no sacrificarán cerdos a los que se les haya inyectado agua u otras sustancias; no inyectarán agua u otras sustancias en productos porcinos; Artículo 11 Las plantas (campos) de matanza de cerdos designadas aceptarán la cuarentena de los organismos de supervisión de la prevención de epidemias animales en los lugares donde se producen los cerdos. Artículo 12 La agencia de supervisión de la prevención de epidemias animales debe enviar personal a los mataderos (campos) designados para realizar la cuarentena simultánea in situ de los cerdos sacrificados en los sitios designados. Artículo 13 Los mataderos (campos) designados deben llevar a cabo las operaciones de sacrificio y procesamiento de acuerdo con los procedimientos operativos de sacrificio de cerdos estipulados por el estado. Artículo 14 La inspección de la calidad de la carne en los mataderos (campos) designados debe realizarse simultáneamente con el sacrificio, y las inspecciones deben realizarse de acuerdo con las normas nacionales de inspección de la calidad de los productos del sacrificio de cerdos. Los productos porcinos que hayan pasado la inspección recibirán un sello de inspección de la fábrica (campo) de sacrificio designado, y los productos envasados ​​solo podrán venderse fuera de la fábrica (campo) después de que los productos envasados ​​hayan recibido una marca de inspección.

Los productos porcinos que no pasen la inspección de calidad de la carne no podrán salir de la fábrica (campo). Serán manipulados por plantas de matanza designadas (campos) bajo la supervisión de inspectores y de acuerdo con las normas nacionales y municipales pertinentes. regulaciones. Artículo 15 Los mataderos (campos) designados deben establecer y mejorar el sistema de registro de la cantidad de sacrificio, los resultados de cuarentena e inspección y el procesamiento. Artículo 16 Los operadores de productos porcinos y los mataderos (campos) deberán utilizar vehículos que cumplan con los requisitos sanitarios nacionales para transportar cerdos y productos porcinos, respectivamente.

Para el transporte de productos porcinos se deben utilizar camiones especializados. Cuando se transporten lonchas de cerdo frescas, el baúl deberá disponer de elementos para colgar. Artículo 17 Los productos porcinos vendidos o utilizados dentro del área administrativa de esta ciudad deben ser sacrificados y procesados ​​en mataderos (campos) designados.