¿Puedo comer en el metro?
Base legal: Artículo 36 de las “Medidas para la Ordenación de la Organización y Servicio del Transporte de Pasajeros en Tránsito Urbano Ferroviario” Los viajeros no realizarán las siguientes conductas que afecten el orden de las operaciones del tránsito ferroviario urbano:
(1) Sin autorización garabatear, tallar, publicar o colgar artículos en estaciones o trenes;
(2) Traer animales (excepto perros guía y perros de la policía militar) a la estación para viajar en el tren, transportar olores fuertes u olores acre Llevar artículos a la estación y tomar el autobús;
(3) Promocionar productos o participar en actividades promocionales, mendigar, realizar artes escénicas y espectáculos de canto y baile, hacer ruidos fuertes, y hacer ruido al utilizar equipos electrónicos;
(4) Andar en bicicletas sin pedales, bicicletas eléctricas (excepto ciclomotores para discapacitados) y bicicletas, y utilizar patinetas y patines;
(5 ) Comer en el tren (excepto bebés y pacientes);
(6) Escupir, defecar, escupir chicle, tirar basura, restos de papel y otros desechos, acostarse o pisar los asientos;
(7) Acoso a pasajeros en estaciones o trenes Otros comportamientos.