¿La tasa anual de la Oficina Estatal de Propiedad Intelectual es una tasa de intermediación? ¿Por qué?
La tasa anual de la Oficina Estatal de Propiedad Intelectual no es una tasa de intermediación.
Las tarifas de intermediario se refieren a las tarifas cobradas por los servicios de intermediación proporcionados por organizaciones o individuos de terceros con el fin de facilitar una determinada transacción o actividad. Por lo general, los honorarios de intermediario se refieren a los honorarios que deben pagarse a un intermediario cuando se completa una transacción o actividad y se obtienen beneficios a través de la asistencia de una agencia intermediaria o intermediario.
La tasa anual de la Oficina Estatal de Propiedad Intelectual se refiere a una tasa que las empresas o individuos deben pagar después de obtener derechos de propiedad intelectual como patentes, marcas comerciales y derechos de autor. Esta tasa la recauda directamente la Oficina Estatal de Propiedad Intelectual y se utiliza para gestionar y mantener el funcionamiento normal del sistema de propiedad intelectual. No es una tarifa por facilitar una transacción, ni una tarifa por servicios de intermediación proporcionados por una institución o individuo tercero, por lo que no constituye una tarifa de intermediación.
En resumen, la tasa anual de la Oficina Estatal de Propiedad Intelectual forma parte de la tasa de mantenimiento de la propiedad intelectual, no de la tasa de intermediación.