¿Bajo qué circunstancias puedo recibir el seguro de desempleo?
1. El empleado ha participado en el seguro de desempleo según lo requerido, y el empleador y yo hemos cumplido con las obligaciones de pago durante un año o más según lo requerido.
2. El trabajador termina la relación laboral contra su voluntad, especialmente:
A. el empleador rescinde el contrato de trabajo;
p>B . Ser despedido, removido de la empresa o despedido por el empleador;
C. El empleador utiliza violencia, amenazas o medios ilegales para restringir la libertad personal para forzar el trabajo, y el empleado notifica al empleador. el empleador rescinda el contrato laboral;
D. El empleador no paga la remuneración laboral ni proporciona las condiciones laborales estipuladas en el contrato laboral, y el empleado notifica al empleador que rescinda el contrato laboral;
y demás disposiciones de leyes y reglamentos administrativos.
Base jurídica: Artículo 14 del "Reglamento del Seguro de Desempleo": Los desempleados que cumplan las siguientes condiciones pueden recibir prestaciones del seguro de desempleo:
(1) Participar en el seguro de desempleo de conformidad con regulaciones, la unidad y yo hemos cumplido con mis obligaciones de pago según lo requerido durante un año;
(2) El empleo se interrumpe no por mi voluntad;
(3) La persona tiene registrado como desempleado y tiene requisito de búsqueda de empleo.